SECRETARIA DE ECONOMIA
RESOLUCIÓN Final de la revisión del compromiso asumido por la Exportadora Posco sobre las importaciones de lámina rolada en frío originarias de la República de Corea, independientemente del país de procedencia.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
RESOLUCIÓN FINAL DE LA REVISIÓN DEL COMPROMISO ASUMIDO POR LA EXPORTADORA POSCO SOBRE LAS IMPORTACIONES DE LÁMINA ROLADA EN FRÍO ORIGINARIAS DE LA REPÚBLICA DE COREA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA
Visto para resolver en la etapa final el expediente administrativo 20/18 radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía (la “Secretaría”), se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes
RESULTANDOS
A. Investigación antidumping
1. El 1 de octubre de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución de inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de lámina rolada en frío, originarias de la República de Corea (“Corea”), independientemente del país de procedencia.
2. El 3 de junio de 2013 se publicó en el DOF la Resolución preliminar de la investigación antidumping, en la cual se determinó imponer cuotas compensatorias provisionales a las importaciones de lámina rolada en frío originarias de Corea, que ingresaran bajo los regímenes definitivo y temporal, incluidas las que ingresan al amparo de la Regla Octava de las complementarias (Regla Octava) para la aplicación de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE), de 6.45% a las provenientes de Hyundai Hysco Co. Ltd. (“Hyundai Hysco”) y de 60.40% a las provenientes de POSCO y del resto de las exportadoras de Corea.
B. Compromisos de las exportadoras
3. El 26 de diciembre de 2013 se publicó en el DOF la Resolución por la que se aceptaron los compromisos de las exportadoras POSCO y Hyundai Hysco y se suspendió el procedimiento de la investigación antidumping (la “Resolución de los compromisos”). Mediante dicha Resolución se determinó suspender el procedimiento de la investigación, sin la imposición de medidas provisionales o derechos antidumping.
RESOLUCIÓN por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de tubería de acero sin costura originarias de Japón, independientemente del país de procedencia.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
RESOLUCIÓN POR LA QUE SE DECLARA EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EXAMEN DE VIGENCIA DE LA CUOTA COMPENSATORIA IMPUESTA A LAS IMPORTACIONES DE TUBERÍA DE ACERO SIN COSTURA ORIGINARIAS DE JAPÓN, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA
Visto para resolver en la etapa de inicio el expediente administrativo E.C. 28/20 radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI) de la Secretaría de Economía (la “Secretaría”), se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes
RESULTANDOS
A. Resolución final de la investigación antidumping
1. El 10 de noviembre de 2000 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de tubería de acero sin costura originarias de Japón, independientemente del país de procedencia. Mediante esta Resolución, la Secretaría determinó una cuota compensatoria definitiva de 99.9%.
B. Exámenes de vigencia previos y revisión de oficio
2. El 4 de octubre de 2006, el 20 de abril de 2012 y el 18 de octubre de 2016 se publicaron en el DOF la Resolución final del primer examen de vigencia, del segundo examen de vigencia y revisión de oficio, y del tercer examen de vigencia de la cuota compensatoria, respectivamente, por medio de las cuales se determinó prorrogar la vigencia de la cuota compensatoria a que se refiere el punto anterior.
PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-004-SE-2020, Información comercial-Etiquetado de productos textiles, prendas de vestir, sus accesorios y ropa de casa (cancelará a la NOM-004-SCFI-2006).
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.- Dirección General de Normas.
PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-004-SE-2020, INFORMACIÓN COMERCIAL-ETIQUETADO DE PRODUCTOS TEXTILES, PRENDAS DE VESTIR, SUS ACCESORIOS Y ROPA DE CASA (CANCELARÁ A LA NOM-004-SCFI-2006).
ALFONSO GUATI ROJO SÁNCHEZ, Director General de Normas y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía (CCONNSE), con fundamento en los artículos 34, fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 39, fracción V, 40, fracción XII, 47, fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 36, fracciones I, IV, IX y X del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y toda vez que el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-004-SE-2020, Información comercial-Etiquetado de productos textiles, prendas de vestir, sus accesorios y ropa de casa (Cancelará a la NOM-004-SCFI-2006), se aprobó en Sesión Ordinaria del CCONNSE, celebrada el 28 de febrero de 2020 se expide para consulta pública a efecto de que dentro de los siguientes 60 días naturales, contados a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, los interesados presenten sus comentarios por escrito en el domicilio del CCONNSE, ubicado en calle Pachuca número 189, piso 7, colonia Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, C.P. 06140, Ciudad de México, teléfono 52 29 9100, ext. 13245 y 13226, o bien, por correo electrónico a las direcciones: consultapublica@economia.gob.mx, dgn.nom@economia.gob.mx y emeterio.mosso@economia.gob.mx, para que en términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización sean considerados en el seno del Comité que lo propuso.
Ciudad de México, a 1 de abril de 2020.- El Director General de Normas y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía, Alfonso Guati Rojo Sánchez.- Rúbrica.
PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-004-SE-2020, INFORMACIÓN COMERCIAL-
ETIQUETADO DE PRODUCTOS TEXTILES, PRENDAS DE VESTIR, SUS ACCESORIOS Y ROPA DE
CASA (CANCELARÁ A LA NOM-004-SCFI-2006)
Prefacio
La elaboración del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana es competencia del Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía (CCONNSE) integrado por: