Cámara de Senadores

CÁMARA DE SENADORES

LA CÁMARA DE SENADORES DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 76 FRACCIÓN IV DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

DECRETA:

“ÚNICO.- En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 76, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Senado de la República aprueba el Informe que presenta el Ejecutivo Federal de las actividades desarrolladas por la Guardia Nacional durante el año inmediato anterior, de conformidad a lo establecido en el artículo 96 de la Ley de la Guardia Nacional”.

Sen. Oscar Eduardo Ramírez Aguilar, Presidente.- Rúbrica.- Sen. Lilia Margarita Valdez Martínez, Secretaria.- Rúbrica.

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