SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO
Acuerdo mediante el cual se modifican los Lineamientos para la integración y funcionamiento del Consejo Nacional de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano.
URBANO
ARTÍCULO ÚNICO. Se REFORMAN los artículos 1, fracción I; 2, fracción VIII; 3 primer párrafo; fracción III inciso d); y se ADICIONA el artículo 3, fracciones III, inciso l), XVI y XVII; para quedar como sigue:
Artículo 1. …
El Titular de la Secretaría tiene las siguientes facultades:
I. Determinar la forma de organización e integración del Consejo atendiendo principios de pluralidad equidad de género, así como considerando el régimen federal del país y la representatividad de los sectores público, social y privado; …
Artículo 2. …
I a VII. …
VIII. Emitir los lineamientos para su operación y funcionamiento, así como las modificaciones que sean necesarias, y
IX. …
Artículo 3. El Consejo Nacional de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, estará integrado por cuarenta y nueve miembros de acuerdo con la siguiente distribución: …
I y II. …
III. …
a) a c). …
d) Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.
e) a k). …
l) Secretaría de Bienestar
.IV a XV. …
XVI. Instituto Nacional para los Pueblos Indígenas;
XVII. Coordinación Nacional de Protección Civil.
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.Ciudad de México, el 14 de octubre de 2020.- El Secretario de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, Román Guillermo Meyer Falcón.- Rúbrica.