SECRETARÍA DE SALUD
Convenio de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios para el desarrollo de acciones correspondientes al Programa Atención a la Salud y Medicamentos Gratuitos para la Población sin Seguridad Social Laboral para el ejercicio fiscal 2020, que celebran el Instituto de Salud para el Bienestar y el Instituto Mexicano del Seguro Social.
ANTECEDENTES
I. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce en su artículo 4o., párrafos cuarto y noveno el derecho humano de toda persona a la protección de la salud, disponiendo que la Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud; así como el derecho que tienen los niños y las niñas a la satisfacción de sus necesidades de salud.
II. De conformidad con el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, en su apartado 2. Política Social, en el rubro Salud, establece que el gobierno federal realizará las acciones necesarias para garantizar que hacia 2024 todas y todos los habitantes de México puedan recibir atención médica y hospitalaria gratuita, incluidos los medicamentos, materiales de curación y los exámenes clínicos.
La atención se brindará de conformidad con los principios de participación social, competencia técnica, calidad médica, pertinencia cultural, trato no discriminatorio, digno y humano.
III. En términos de lo dispuesto en los “Criterios de operación del programa de atención a la salud y medicamentos gratuitos para la población sin seguridad social laboral para el ejercicio fiscal 2020” (CRITERIOS DE OPERACIÓN), emitidos por el Secretario de Salud del Gobierno Federal, el Instituto de Salud para el Bienestar, es responsable de la vertiente 2 del referido programa, mismo que tiene por objeto, incrementar el acceso efectivo y la continuidad en la prestación de servicios de salud, que demanda la población en condiciones de alta o muy alta marginación y sin acceso a la seguridad social laboral, a través de los establecimientos de salud fijos y móviles para el fortalecimiento de las redes de servicios de salud preferentemente del primer nivel de atención en las entidades federativas, así como el o los Centros Regionales de Desarrollo Infantil y Estimulación Temprana y las unidades médicas móviles del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica incluyendo las que operan en la Ciudad de México y a las unidades médicas del Programa IMSS-BIENESTAR, en los términos que se convengan en los instrumentos jurídicos que al efecto se celebren.
DECLARACIONES
I. Declara “EL INSABI”, por conducto de su representante legal, que:
I.1. Es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, sectorizado en la Secretaría de Salud, cuyo objeto es proveer y garantizar la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados a las personas sin seguridad social, así como impulsar, en coordinación con la referida Dependencia del Ejecutivo Federal, en su calidad de órgano rector, acciones orientadas a lograr una adecuada integración y articulación de las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud, en términos del artículo 77 bis 35 de la Ley General de Salud.
I.2. De conformidad el artículo 77 bis 35, fracción II de la Ley General de Salud, tiene entre sus funciones celebrar y proponer convenios y demás instrumentos jurídicos de coordinación y colaboración con las instituciones de salud públicas, entidades federativas y municipios, para asegurar el cumplimiento de su objeto.
I.3 Su representante, el Maestro Juan Antonio Ferrer Aguilar, en su carácter de Director General, está plenamente facultado para la suscripción del presente Convenio de Colaboración, de conformidad con los artículos 77 bis 35 B, fracción II, 77 bis 35 G, párrafo segundo y 77 bis 35 H de la Ley General de Salud, y 22, fracción I y 59, fracciones I y XIV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, quien acredita su personalidad con su nombramiento como Director General de “EL INSABI”, otorgado por el C. Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, licenciado Andrés Manuel López Obrador.
I.4. Para efectos del presente instrumento jurídico señala como su domicilio el ubicado en Calle Gustavo E. Campa. No. 54, Colonia Guadalupe Inn, Demarcación Territorial Álvaro Obregón, Código Postal 01020, en la Ciudad de México.
Programa Institucional 2020-2024 del Instituto Nacional de Pediatría
DERIVADO DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2019-2024
1.- Índice
1.- Índice
2.- Fundamento normativo
3.- Siglas y acrónimos
4.- Origen de los recursos para la instrumentación del Programa
5.- Análisis del estado actual
6.- Objetivos prioritarios
6.1.- Relevancia del Objetivo prioritario 1: Mejorar la prestación de servicios de salud en aspectos médico, quirúrgicos y de rehabilitación para atender las enfermedades de alta complejidad en la población pediátrica, preferentemente sin seguridad social
6.2.- Relevancia del Objetivo prioritario 2: Ofertar un modelo educativo de vanguardia que responda a las exigencias académicas, nacionales e internacionales desarrollando el conocimiento, competencias técnico-médicas y de gestión en materia de salud infantil y adolescencia
6.3.- Relevancia del Objetivo prioritario 3: Incrementar la alineación de los proyectos de investigación con la prevención y la atención médica para dirigir los conocimientos generados a atender los problemas de salud de la población pediátrica
6.4.- Relevancia del Objetivo prioritario 4: Fortalecer el flujo de recursos necesarios para el desarrollo e implementación de los Proyectos que consoliden el liderazgo en el INP
6.5.- Relevancia del Objetivo prioritario 5: Aumentar la eficiencia, eficacia y efectividad de los recursos con que cuenta el INP para las actividades sustantivas a fin de fortalecer la seguridad y calidad del paciente pediátrico con padecimiento de tercer nivel de atención
6.7.- Vinculación de los Objetivos prioritarios del Programa Institucional 2020 2024 del Instituto Nacional de Pediatría con el Programa Sectorial de Salud 2020-2024
7.- Estrategias prioritarias y Acciones puntuales
8.- Metas para el bienestar y Parámetros
9.- Epílogo: Visión hacia el futuro
10.- Lista de dependencias y entidades participantes
PROGRAMA INSTITUCIONAL 2020-2024 DEL INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN LUIS GUILLERMO IBARRA IBARRA
Índice
1. Fundamento normativo
2. Origen de los recursos para la instrumentación del Programa
3. Análisis del Estado Actual
4. Alineación de los principios rectores del PND al Programa
5. Objetivos prioritarios, estrategias prioritarias y acciones puntuales
– Relevancia y principales cambios esperados en el área de Investigación
– Relevancia y principales cambios esperados en el área de Enseñanza
– Relevancia y principales cambios esperados en el área de Atención Médica
– Relevancia y principales cambios esperados en el área de Administración
– Vinculación entre el Programa Institucional del INRLGII y el PSS
– Estrategias y Acciones puntuales del Objetivo Prioritario de Investigación
– Estrategias y Acciones puntuales del Objetivo Prioritario de Enseñanza
– Estrategias y Acciones puntuales del Objetivo Prioritario de Atención Médica
– Estrategias y Acciones puntuales del Objetivo Prioritario de Administración
6. Metas para el bienestar y Parámetros– Metas para el objetivo prioritario de Investigación– Fichas de metas– Metas para el objetivo prioritario de Enseñanza– Fichas de metas– Metas para el objetivo prioritario de Atención Médica– Fichas de metas– Metas para el objetivo prioritario de Administración– Fichas de metas
7. Epílogo: Visión hacia el futuro
8. Visión de mediano plazo 2024
9. Visión de largo plazo 2040