Secretaría de Salud

SECRETARÍA DE SALUD

Convenio Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Chihuahua.

ANTECEDENTES

I.        Con fecha 02 de agosto de 2013, “LA ENTIDAD” y “LA SECRETARÍA” celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo “EL ACUERDO MARCO”, con el objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a “LA ENTIDAD” para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos de los artículos 9 y 13 apartado B, de la Ley General de Salud.

II.       De conformidad con lo establecido en la Cláusula Tercera de “EL ACUERDO MARCO”, los instrumentos consensuales específicos que las partes suscriban para el desarrollo de las acciones previstas en el mismo, serán formalizados por el Titular de la Secretaría de Hacienda, el Titular de la Secretaría de Salud, el Titular del Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud de Chihuahua, el Titular del Organismo Público Descentralizado Instituto Chihuahuense de Salud de “LA ENTIDAD”, en tanto que por “LA SECRETARÍA”, lo harán la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud; la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud; la Subsecretaría de Administración y Finanzas (actualmente denominada Unidad de Administración y Finanzas); la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y la Comisión Nacional contra las Adicciones, por sí mismas, o asistidas por las unidades administrativas y órganos desconcentrados que tienen adscritos, atendiendo al ámbito de competencia de cada uno de ellos.

III.      El Programa se alinea directamente con el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2019 el que en el apartado II Política Social establece el Eje Construir un país con bienestar, del que se destaca el siguiente objetivo prioritario:

·      Salud para toda la población.

IV.      Con el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200 se da continuidad a la estrategia federal que inicia en 2007 como Programa Caravanas de la Salud, el cual posteriormente cambia su denominación a Programa Unidades Médicas Móviles, para que a través de transferencias de recursos presupuestarios federales se coadyuve a que las entidades federativas proporcionen la atención primaria a la salud en aquellas localidades con menos de 2,500 personas y que se encuentren sin acceso a los servicios de salud por falta de infraestructura física.

V.       El Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200 tiene como misión ser un Programa que coadyuve con las Entidades Federativas con la aportación de recursos presupuestarios federales destinados a la prestación de servicios de Atención Primaria a la Salud en las áreas de enfoque potencial identificadas como localidades que no cuentan con servicios de salud por falta de infraestructura, carentes de recursos para otorgar atención permanente, y con una población menor a 2,500 personas.

DECLARACIONES

I.        DE “LA SECRETARÍA”:

I.1.     La Dra. Asa Ebba Christina Laurell, en su carácter de Subsecretaria de Integración y Desarrollo del Sector Salud, tiene la competencia y legitimidad para intervenir en el presente instrumento jurídico, de conformidad con lo establecido en los artículos 2 apartado A, fracción I, 8, fracción XVI y 9, fracciones II, IV, VIII, IX y X del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento.

I.2.     La DGPLADES es una unidad administrativa de la Secretaría de Salud, adscrita a la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, según lo dispuesto en el Acuerdo mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de 2010, cuyo titular es el Dr. Alejandro Manuel Vargas García, quien se encuentra plenamente facultado para asistir en la suscripción del presente Convenio, de conformidad con lo establecido en los artículos 16, fracción XIII y 25, fracciones I, III, V y VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento.

I.3.     El objetivo general del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, es el de contribuir con las Entidades Federativas para brindar de forma efectiva acceso y prestación de los servicios de atención primaria a la salud en localidades menores a 2,500 personas, carentes de servicios de salud, mediante la transferencia de recursos federales, personal médico y UMM de diferente capacidad resolutiva, y dentro de sus objetivos específicos, se encuentra como uno de los más importantes, el de contribuir con las entidades federativas para que cuenten con UMM equipadas de conformidad con la tipología correspondiente y su respectivo personal capacitado, conforme a las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, para el Ejercicio Fiscal 2020, publicadas en el Diario Oficial de la Federación en fecha 28 de diciembre del 2019.

CLÁUSULAS

PRIMERA. OBJETO.- El presente Convenio y sus Anexos, que firmados por “LAS PARTES”, forman parte integrante del mismo, tienen por objeto transferir a “LA ENTIDAD” recursos presupuestarios federales, con el carácter de subsidios, para cubrir los gastos de operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200 en el ejercicio fiscal 2020 en los conceptos y con los alcances estipulados en este instrumento jurídico, y de manera específica para realizar algunos de los gastos que se deriven de la operación de las unidades médicas móviles de dicho Programa en “LA ENTIDAD”, otorgadas mediante los contratos de comodato suscritos en años anteriores entre “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD”, así como los correspondientes convenios modificatorios por los que se prorroga la vigencia de éstos, para el desarrollo del Programa; de conformidad con los Anexos del presente instrumento jurídico, a efecto de coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en la ejecución de este Programa.

Para efecto de lo anterior, “LAS PARTES” convienen expresamente en ajustarse a lo estipulado en el “Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, para el ejercicio fiscal 2020”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre del 2019, y a las estipulaciones de “EL ACUERDO MARCO”, cuyo contenido se tiene por reproducido en el presente Convenio como si a la letra se insertaran, a las del presente Convenio, así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables.

SEGUNDA. TRANSFERENCIA. – Para la realización de las acciones objeto del presente instrumento jurídico, “LA SECRETARÍA” transferirá a “LA ENTIDAD”, en una ministración, de acuerdo a lo establecido en el Anexo 2 del mismo, un importe de hasta $12,836,352.65 (Doce millones ochocientos treinta y seis mil trescientos cincuenta y dos pesos 65/100 M.N.), que se precisa en el Anexo 1 del presente Convenio.

Los recursos presupuestarios federales a que se refiere el párrafo anterior, serán transferidos por “LA SECRETARÍA” a “LA ENTIDAD”, de acuerdo con los plazos y calendario que se precisan en el Anexo 2.

Para tal efecto, “LA ENTIDAD”, a través de su Secretaría de Hacienda, procederá a abrir, en forma previa a su radicación, una cuenta bancaria productiva, única y específica para este Convenio, en la institución de crédito bancaria que determine, con la finalidad de que dichos recursos y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados.

Una vez radicados los recursos presupuestarios federales en la Secretaría de Hacienda ésta se obliga a ministrarlos íntegramente junto con los rendimientos financieros que se generen, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su recepción, a la Secretaría de Salud y/o los Servicios de Salud de Chihuahua, que tendrá el carácter de Unidad Ejecutora para efectos del presente Convenio. La Unidad Ejecutora, deberá informar a “LA SECRETARIA” a través de la DGPLADES, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a aquél en que concluya el plazo anterior, el monto, la fecha y el importe de los rendimientos generados que le hayan sido ministrados. Para tal efecto, “LA SECRETARIA” a través de la DGPLADES, dará aviso a la Unidad Ejecutora de esta transferencia. La Unidad Ejecutora deberá, previamente a la ministración de los recursos por parte de la Secretaría de Hacienda, abrir una cuenta bancaria productiva, única y específica para este Convenio.

ANEXO 1 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200

TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS

CAPÍTULO DE GASTOAPORTACIÓN
FEDERAL
APORTACIÓN
ESTATAL
TOTAL 2020
4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”$12,836,352.65$ –$12,836,352.65
TOTAL$12,836,352.65$ –$12,836,352.65

Programa Institucional 2020-2024 del Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas.

ÍNDICE

1. FUNDAMENTO NORMATIVO.
2. SIGLAS Y ACRÓNIMOS.
3. ORIGEN DE LOS RECURSOS
4. ANÁLISIS DEL ESTADO ACTUAL.
5. OBJETIVOS PRIORITARIOS, ESTRATEGIAS PRIORITARIAS Y ACCIONES PUNTUALES.
5.1 Objetivos Prioritarios
5.2 Relevancia de los Objetivos Prioritarios
5.3 Estrategias Prioritarias y Acciones puntuales
6. METAS PARA EL BIENESTAR Y PARAMETROS
7. EPÍLOGO VISIÓN DE LARGO PLAZO


Programa Institucional del Hospital Regional de Alta Especialidad de la Península de Yucatán 2020-2024.

Índice

i.      Fundamento normativo
ii.     Siglas y acrónimosiii.    Origen de los recursos
iv.    Análisis del estado actual
a-    Estructura del Programa Institucional HRAEPY 2020 – 2024
v.     Objetivos prioritarios
a-    Objetivos prioritarios del Programa Institucional HRAEPY 2020 – 2024
b-    Relevancia del objetivo prioritario 1: garantizar a la población que no cuente con seguridad social y derechohabiente del HRAEPY los servicios de atención médica de alta especialidad
c-     Relevancia del objetivo prioritario 2. incrementar la eficiencia, eficacia y calidad de los servicios de atención médica de alta especialidad brindados por el hospital
d-     Relevancia del objetivo prioritario 3. mejorar la capacidad humana e infraestructura en el HRAEPY bajo un enfoque profesional, intercultural y con perspectiva de derechos
e-    Relevancia del objetivo prioritario 4. incorporar estrategias, programas y acciones que fomente la investigación médica y facilite la promoción de la salud y prevención de enfermedades relacionadas al tercer nivel de atención médica de alta especialidad en el hospital
vi.    Estrategias y acciones
a-    Objetivo prioritario 1
b-    Objetivo prioritario 2
c-     Objetivo prioritario 3
d-    Objetivo prioritario 4
vii.   Metas para el bienestar y parámetros
viii.   Epílogo: visión hacia el futuro

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