SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
ACUERDO QUE MODIFICA EL DIVERSO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS MEDIDAS DE SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE EXPIDEN LOS FORMATOS DE LOS TRÁMITES A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE LA CALIDAD DEL AIRE Y REGISTRO DE EMISIONES Y TRANSFERENCIA DE CONTAMINANTES EN LAS MATERIAS QUE SE INDICAN, PUBLICADO EL 15 DE SEPTIEMBRE DE 2020, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN
ÚNICO. Se modifica el Artículo Cuarto, así como el Anexo Único del “ACUERDO por el que se dan a conocer las medidas de simplificación administrativa y se expiden los formatos de los trámites a cargo de la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes en las materias que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre de 2020, para quedar como se indica a continuación:
“Artículo Cuarto.- Los interesados podrán remitir el Aviso al que se refiere el Artículo Tercero del presente Acuerdo, únicamente mediante una de las siguientes dos modalidades:
- A través del Espacio de Contacto Ciudadano (ECC) de las oficinas centrales de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales o de las Oficinas de Representación de la entidad federativa en la que se llevará a cabo la combustión a cielo abierto para adiestrar y capacitar al personal encargado del combate de incendios, y cuya dirección se puede consultar en la Tabla 1.
- A través de los correos electrónicos que se ponen a su disposición en la Tabla 1, donde podrá enviar su solicitud a la entidad federativa en la que se realizará la combustión a cielo abierto para adiestrar y capacitar al personal encargado del combate de incendios.
Los usuarios del Aviso señalado en el presente Artículo, podrán optar por una u otra modalidad de presentación (de manera física o electrónica), sin embargo, dada la emergencia sanitaria ocasionada por el virus SARS-CoV2, mismo que provoca la enfermedad denominada COVID-19, se deberá privilegiar que las comunicaciones con los particulares, se realicen utilizando medios electrónicos, evitando al máximo la concentración física, tránsito o desplazamiento de personas, a efecto de resguardar la salud de los servidores públicos y de la ciudadanía.
Para efectos de lo anterior, se hace del conocimiento de los promoventes, que para el caso de optar por la modalidad de presentación de manera electrónica, manifestarán expresamente mediante escrito libre con firma autógrafa (mismo que se anexará digitalizado), su aceptación de recibir notificaciones a través del correo electrónico que determinen para tal efecto, siempre que pueda comprobarse fehacientemente su recepción, en términos de lo previsto en el artículo 35, fracción II de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
El escrito libre mediante el que manifieste que acepta recibir notificaciones por medio de correo electrónico contendrá como mínimo:
a) Órgano a quien se dirige el trámite.
b) Lugar y fecha del escrito.
c) Nombre, denominación o razón social de quien o quienes promuevan o, en su caso, el de su representante legal.
d) Domicilio para oír y recibir notificaciones, indicando el número de teléfono a 10 dígitos.
e) Petición que se formula, señalando el domicilio donde se realizará la combustión.
f) Correo electrónico para recibir notificaciones.
g) Firma autógrafa.
El trámite ingresado por correo electrónico deberá presentar toda la documentación digitalizada del original y con firma autógrafa del solicitante. Para mayor referencia de los documentos requeridos deberá consultar la siguiente liga de internet (https://www.gob.mx/tramites/ficha/permiso-para-la-combustion-a-cielo-abierto/SEMARNAT2615).
La Constancia de Recepción del Aviso que emita esta Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes o la Oficina de Representación, una vez reunidos y verificados todos los requisitos, será notificada, en un plazo de 5 días hábiles.
En caso de no reunir todos los requisitos, el solicitante será apercibido mediante notificación que se realizará mediante el correo electrónico que haya señalado en el inciso f) del sexto párrafo del presente Artículo para que complete la información faltante, misma que deberá presentarse dentro del término de cinco días hábiles. Habiéndose desahogado la prevención y presentada en su totalidad la información faltante, le será enviada la Constancia de Recepción. Asimismo, con fundamento en el artículo 17-A, segundo párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, transcurrido el plazo antes señalado, sin que se desahogue la prevención, se desechará la solicitud.