Secretaría de Salud

SECRETARÍA DE SALUD

Primer Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios provenientes del Programa Nacional de Reconstrucción, de fecha 6 de abril de 2020, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Guerrero.

DECLARACIONES

I. “LA SECRETARÍA” declara que:

I.1 Ratifica íntegramente el apartado de DECLARACIONES insertas en el “CONVENIO PRINCIPAL”, con excepción de la marcada con el numeral I.2, que se sustituye y la modificación al numeral I.3, para quedar de la siguiente forma:

I.2 El Dr. Alejandro Manuel Vargas García, con el carácter de Encargado del Despacho de la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, del que fue objeto a través de la designación que le formulara el Dr. Jorge Carlos Alcocer Varela, Secretario de Salud, mediante oficio SS-000365, de 15 de junio de 2020, suscribe el presente Convenio Específico de Colaboración, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 2, apartado A, fracción I; 8, fracción XVI, y 9, fracciones II, IV, VIII, IX y X, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, quien acredita su cargo mediante designación del 15 de junio del año en curso.

I.3 El Dr. Alejandro Manuel Vargas García, en su carácter de Director General de Planeación y Desarrollo en Salud, suscribe el presente Convenio Específico de Colaboración, en términos de los artículos 16, fracción XIII y 25, fracciones I, III V y VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, quien acredita su cargo con el nombramiento que le fue expedido el 01 de diciembre de 2018, por el Dr. Jorge Carlos Alcocer Varela, Secretario de Salud.

Asimismo, al efecto, cuenta con el acuerdo favorable del Titular de la Unidad de Análisis Económico de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo establecido en la fracción XIII del artículo 16 del citado ordenamiento y lo dispuesto en el Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de agosto de 2020.

“LA ENTIDAD” declara que:

II.1 Ratifica íntegramente el apartado de DECLARACIONES, insertas en el “CONVENIO PRINCIPAL”.

II. “LAS PARTES” declaran que:

III.1 Se reconocen mutuamente el carácter y las facultades con las que comparecen a la celebración del presente instrumento.

III.2 Están de acuerdo en la celebración del presente Convenio Modificatorio de conformidad con los términos y condiciones que se estipulan en el mismo, al tenor de las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA. El presente instrumento tiene por objeto modificar el párrafo primero de la Cláusula “SEGUNDA. TRANSFERENCIA”, así como el ANEXO 1.1 “RELACIÓN DE UNIDADES MÉDICAS O INFRAESTRUCTURA DE SALUD VALIDADAS” (SELECCIONADAS) del “CONVENIO PRINCIPAL”, señalado en la cláusula “DÉCIMA NOVENA. ANEXOS”, para quedar de la siguiente forma:

SEGUNDA. TRANSFERENCIA. Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico, “LA SECRETARÍA” realizará la transferencia a “LA ENTIDAD” de los recursos presupuestarios federales con carácter de subsidios, por la cantidad de $96,978,281.40 (noventa y seis millones novecientos setenta y ocho mil doscientos ochenta y un pesos 40/100 M.N.), precisada en el Anexo 2 del presente Convenio Específico de Colaboración.
Dicho ANEXO 1.1 modificado se adjunta al presente instrumento y forma parte integrante del “CONVENIO PRINCIPAL”.

SEGUNDA. “LAS PARTES” acuerdan que, derivado de la modificación a la Cláusula “SEGUNDA. TRANSFERENCIA” y al ANEXO 1.1 “RELACIÓN DE UNIDADES MÉDICAS O INFRAESTRUCTURA DE SALUD VALIDADAS” (SELECCIONADAS) del “CONVENIO PRINCIPAL”, “LA ENTIDAD” realizará el reintegro a la Tesorería de la Federación por el monto de $ 11,943,099.00 (once millones novecientos cuarenta y tres mil noventa y nueve pesos 00/100 M.N.), correspondiente al remanente que se originó. Lo anterior mediante la línea de captura que será proporcionada por “LA SECRETARÍA”.

TERCERA. “LAS PARTES” acuerdan que, salvo por lo expresamente estipulado en el presente instrumento jurídico, todas las demás obligaciones del “CONVENIO PRINCIPAL” deberán permanecer sin cambio alguno, por lo que reconocen y ratifican la plena vigencia del “CONVENIO PRINCIPAL”.

CUARTA. “LAS PARTES” acuerdan que el presente Convenio Modificatorio surtirá efectos a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2020.

Leído que fue el presente Convenio Modificatorio, estando debidamente enteradas las partes de su contenido y alcance legal, lo firman por cuadruplicado, en la Ciudad de México, a los veinticinco días del mes de noviembre de dos mil veinte.- Por la Secretaría: el Encargado del Despacho de la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud y Director General de Planeación y Desarrollo en Salud, Alejandro Manuel Vargas García.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Finanzas y Administración, Tulio Samuel Pérez Calvo.- Rúbrica.- El Secretario de Salud Estatal y Director General Operativo de los Servicios Estatales de Salud, Carlos de la Peña Pintos.- Rúbrica.



Primer Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios provenientes del Programa Nacional de Reconstrucción, de fecha 6 de abril de 2020, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Oaxaca.

DECLARACIONES

I. “LA SECRETARÍA” declara que:

I.1 Ratifica íntegramente el apartado de DECLARACIONES insertas en el “CONVENIO PRINCIPAL”, con excepción de la marcada con el numeral I.2, que se sustituye y la modificación al numeral I.3, para quedar de la siguiente forma:

I.2 El Dr. Alejandro Manuel Vargas García, con el carácter de Encargado del Despacho de la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, del que fue objeto a través de la designación que le formulara el Dr. Jorge Carlos Alcocer Varela, Secretario de Salud, mediante oficio SS-000365, de 15 de junio de 2020, suscribe el presente Convenio Específico de Colaboración, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 2, apartado A, fracción I; 8, fracción XVI, y 9, fracciones II, IV, VIII, IX y X, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.

I.3 El Dr. Alejandro Manuel Vargas García, en su carácter de Director General de Planeación y Desarrollo en Salud, suscribe el presente Convenio Específico de Colaboración, en términos de los artículos 16, fracción XIII y 25, fracciones I, III V y VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, quien acredita su cargo con el nombramiento que le fue expedido el 01 de diciembre de 2018, por el Dr. Jorge Carlos Alcocer Varela, Secretario de Salud.

Asimismo, al efecto, cuenta con el acuerdo favorable del Titular de la Unidad de Análisis Económico de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo establecido en la fracción XIII del artículo 16 del citado ordenamiento y lo dispuesto en el Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de agosto de 2020.

II. “LA ENTIDAD” declara que:
II.1 Ratifica íntegramente el apartado de DECLARACIONES, insertas en el “CONVENIO PRINCIPAL”.
III. “LAS PARTES” declaran que:
III.1 Se reconocen mutuamente el carácter y las facultades con las que comparecen a la celebración del presente instrumento.
III.2 Están de acuerdo en la celebración del presente Convenio Modificatorio de conformidad con los términos y condiciones que se estipulan en el mismo, al tenor de las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA. El presente instrumento tiene por objeto modificar el párrafo primero de la Cláusula “SEGUNDA. TRANSFERENCIA”, así como los ANEXOS 1 RELACIÓN DEL UNIVERSO DE UNIDADES MÉDICAS O INFRAESTRUCTURA DE SALUD DIAGNOSTICADAS Y ANEXO 1.1 “RELACIÓN DE UNIDADES MÉDICAS O INFRAESTRUCTURA DE SALUD VALIDADAS” (SELECCIONADAS) del “CONVENIO PRINCIPAL”, señalado en la cláusula “DÉCIMA NOVENA. ANEXOS”, para quedar de la siguiente forma:

Dichos ANEXOS 1, y 1.1 modificados se adjuntan al presente instrumento y forman parte integrante del “CONVENIO PRINCIPAL”.

SEGUNDA. TRANSFERENCIA. Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico, “LA SECRETARÍA” realizará la transferencia a “LA ENTIDAD” de los recursos presupuestarios federales con carácter de subsidios, por la cantidad de $44,374,400.00 (cuarenta y cuatro millones trescientos setenta y cuatro mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.), precisada en el Anexo 2 del presente Convenio Específico de Colaboración.

SEGUNDA. “LAS PARTES” acuerdan que, derivado de la modificación a la Cláusula “SEGUNDA. TRANSFERENCIA” y los ANEXOS 1 RELACIÓN DEL UNIVERSO DE UNIDADES MÉDICAS O INFRAESTRUCTURA DE SALUD DIAGNOSTICADAS Y ANEXO 1.1 “RELACIÓN DE UNIDADES MÉDICAS O INFRAESTRUCTURA DE SALUD VALIDADAS” (SELECCIONADAS) del “CONVENIO PRINCIPAL”, “LA ENTIDAD” a través de la Unidad Ejecutora realizará el reintegro a la Tesorería de la Federación por el monto de $567,400.00 (quinientos sesenta y siete mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.), correspondiente al remanente que se originó. Lo anterior mediante la línea de captura que será proporcionada por “LA SECRETARÍA”.

TERCERA. “LAS PARTES” acuerdan que, salvo por lo expresamente estipulado en el presente instrumento jurídico, todas las demás obligaciones del “CONVENIO PRINCIPAL” deberán permanecer sin cambio alguno, por lo que reconocen y ratifican la plena vigencia del “CONVENIO PRINCIPAL”.

CUARTA. “LAS PARTES” acuerdan que el presente Convenio Modificatorio surtirá efectos a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2020.

Leído que fue el presente Convenio Modificatorio, estando debidamente enteradas las partes de su contenido y alcance legal, lo firman por cuadruplicado, en la Ciudad de México, a los veintisiete días del mes de noviembre de dos mil veinte.- Por la Secretaría: el Encargado del Despacho de la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud y Director General de Planeación y Desarrollo en Salud, Alejandro Manuel Vargas García.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Finanzas, Vicente Mendoza Téllez Girón.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud de Oaxaca, Donato Augusto Casas Escamilla.- Rúbrica.

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