FISCALIA GENERAL DE LA REPUBLICA
Acuerdo A/OIC/001/2021 por el que se suspende el cómputo de plazos y términos legales en las actuaciones, diligencias, acuerdos, inicio, substanciación, audiencias, resoluciones, notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos y medios de impugnación que se desarrollan en los procedimientos de responsabilidad administrativa, de remoción, de inconformidades, de sanción a proveedores, y de conciliación en el Órgano Interno de Control de la Fiscalía General de la República.
ACUERDO
PRIMERO. Se suspende el cómputo de plazos y términos legales en las actuaciones, diligencias, acuerdos, inicio, substanciación, audiencias, resoluciones, notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos y medios de impugnación que se desarrollan en los procedimientos de responsabilidad administrativa, de remoción, de inconformidades, de sanción a proveedores, y de conciliación del Órgano Interno de Control de la Fiscalía General de la República, desde el día 18 al 31 de enero de 2021.
La suspensión a que se refiere el presente Acuerdo sólo es aplicable en los procedimientos aludidos en el párrafo anterior, y se realiza sin perjuicio de las facultades que concedan otras disposiciones de carácter general para habilitar días y horas hábiles para realizar diligencias y actuaciones relacionados con los procedimientos señalados.
SEGUNDO. Como consecuencia de lo anterior y para efectos legales y/o administrativos en el cómputo de los términos y plazos legales, no deberán contarse como hábiles los días establecidos en el período citado en el numeral que antecede.
TERCERO. Quedan excluidos de la aplicación del presente Acuerdo los siguientes trámites, actividades, procesos y procedimientos en los que interviene y realiza el Órgano Interno de Control con las Unidades Administrativas y servidores públicos de la Fiscalía General de la República:
1. La recepción e investigación de denuncias por conductas probablemente constitutivas de faltas administrativas, para lo cual se deberá privilegiar su captación por los medios electrónicos disponibles, siendo el correo electrónico: denuncias@pgr.gob.mx destinado para los fines del presente numeral;
2. La atención de los requerimientos del Ministerio Público y de los órganos jurisdiccionales, misma que en su caso, podrá ser remitida por correo electrónico en apego a la normatividad aplicable;
3. La participación del Órgano Interno de Control en el proceso de Acta entrega-recepción de los asuntos y recursos que tengan asignados al momento de separase de su empleo, cargo o comisión, los servidores públicos de la Fiscalía General de la República;
4. Los procedimientos de destino final de bienes asegurados, en los que participa el Órgano Interno de Control; y
5. En materia de procesos y procedimientos de auditoría y revisiones en que participa y desarrolla el Órgano Interno de Control, los correos electrónicos institucionales: hector.montes@pgr.gob.mx, ruben.medinae@pgr.gob.mx y carlos.mora@pgr.gob.mx, se utilizarán como medio de envío y notificación de los requerimientos de información y su respuesta.
Los trámites, actividades, procesos y procedimientos se llevarán a cabo de conformidad con las medidas de protección sanitaria emitidas por el Consejo de Salubridad General, así como en el Protocolo y Medidas de Actuación en la Fiscalía General de la República, por la vigilancia epidemiológica del Coronavirus “Covid-19”, por lo que se privilegiará el uso de medios electrónicos para el envío y recepción de información y el uso de las plataformas de videoconferencia.
CUARTO.En el periodo de la suspensión a que se refiere este Acuerdo, la Oficialía de Partes del Órgano Interno de Control permanecerá abierta al público en general, de lunes a viernes en un horario de las 9:00 a las 15:00 horas en el domicilio ubicado en Boulevard Adolfo López Mateos número 2836, edificio 101, planta baja, Colonia Tizapán San Ángel, Alcaldía Álvaro Obregón, Código Postal 01090.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo será publicado en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a los quince días del mes de enero de dos mil veintiuno.- El Titular del Órgano Interno de Control, Arturo Serrano Meneses.- Rúbrica.