SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

Acuerdo por el que se da a conocer el calendario de entrega, porcentaje, fórmulas y variables utilizadas, así como los montos estimados que recibirá cada entidad federativa del Fondo General de Participaciones y del Fondo de Fomento Municipal, por el ejercicio fiscal de 2021.

Primero.- En cumplimiento de la obligación contenida en el artículo 3o., primer párrafo de la Ley de Coordinación Fiscal se dan a conocer los porcentajes y los montos estimados que recibirá cada entidad federativa del Fondo General de Participaciones y del Fondo de Fomento Municipal, durante el ejercicio fiscal de 2021.

Las estimaciones de las participaciones correspondientes al Fondo General de Participaciones y al Fondo de Fomento Municipal se realizaron considerando la recaudación federal participable para el año 2021, derivada de la estimación contenida en el artículo 1o. de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2021.

La distribución por entidad federativa de dichas estimaciones se realizó considerando los coeficientes aplicables en noviembre de 2020, los cuales se obtuvieron con las fórmulas que establece la Ley de Coordinación Fiscal. Estos coeficientes serán modificados en junio de 2021, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7o. de la Ley de Coordinación Fiscal, una vez que se cuente con la información correspondiente y se aplicarán retroactivamente a partir de enero del presente ejercicio fiscal.

El total de participaciones por los fondos antes señalados, así como los montos que finalmente reciba cada entidad federativa, pueden verse modificados por la variación de los ingresos efectivamente captados respecto de la estimación, por el cambio de los coeficientes de participación, por la población de acuerdo a la última información oficial que dé a conocer el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), de conformidad con el artículo 2o. de la Ley de Coordinación Fiscal y, en su caso, por la diferencia de los ajustes a los pagos provisionales correspondientes al ejercicio fiscal de 2021, motivo por el cual la estimación no significa compromiso de pago.

Segundo.- Conforme al artículo 3o., primer párrafo de la Ley de Coordinación Fiscal, se da a conocer el calendario de entrega de las participaciones correspondientes al Fondo General de Participaciones y al Fondo de Fomento Municipal para el ejercicio fiscal de 2021:

Calendario de entrega para el ejercicio fiscal de 2021

Tercero.- En cumplimiento de la obligación contenida en el artículo 3o., primer párrafo de la Ley de Coordinación Fiscal se dan a conocer las fórmulas utilizadas en el cálculo y distribución de las participaciones estimadas correspondientes al Fondo General de Participaciones y al Fondo de Fomento Municipal para el ejercicio fiscal de 2021, de conformidad con los artículos 2o., 2o.-A, 5o. y 7o. de la Ley de Coordinación Fiscal.

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