Secretaría de economía

SECRETARÍA DE ECONOMÍA

Lineamientos para la Operación del Programa de Apoyo Financiero a Microempresas Familiares 2021.

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERO.- Los presentes Lineamientos tienen por objeto regir la operación y funcionamiento del Programa de Apoyo Financiero a Microempresas Familiares. Para la difusión y promoción del Programa, podrá hacerse referencia a él como “Programa de Crédito a la Palabra”.

SEGUNDO.- Para los efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por:
I. Apoyo Financiero: Al apoyo en recursos monetarios que se entrega a las Personas Beneficiarias del Programa que manifiestan interés en aplicarlo con fines productivos;
II. Bancos Participantes: Intermediarios bancarios que celebran contratos de prestación de servicios con la Secretaría para la implementación del Programa;
III. Censo del Bienestar: Ejercicio, efectuado por la SEBIEN, para la verificación e incorporación de sujetos de derecho en todo el país, priorizando a las personas que habiten en municipios o localidades con población mayoritariamente indígena, con medio, alto o muy alto grado de marginación o con altos índices de violencia, así como aquellas regiones que se establezcan mediante el mecanismo que determine la SEBIEN;
IV. IMSS: Instituto Mexicano del Seguro Social;
V. Lineamientos: Lineamientos para la Operación del Programa de Apoyo Financiero a Microempresas Familiares;
VI. Microempresa: Unidad económica dedicada a la industria, al comercio y/o a los servicios, ya sea formal o informal y que cuenta con hasta 10 empleados;
VII. Persona Beneficiaria: Persona física o moral que recibió un apoyo mediante financiamiento otorgado con recursos del Programa;
VIII. Persona Microempresaria: Persona física o persona moral cuya actividad constituye una microempresa;
IX. Programa: Programa de Apoyo Financiero a Microempresas Familiares;
X. Régimen de Actividad Empresarial (RAE): Régimen fiscal en el que se integran aquellas personas físicas con actividades empresariales, contemplando únicamente a los que tengan ingresos por actividades comerciales (incluyendo restaurantes, cafeterías, escuelas, farmacias, entre otras similares) o industriales (incluyendo minería, textil y calzado, farmacéutica, construcción, entre otras similares) a excepción de aquellas que sean del sector primario (incluyendo las agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícolas);
XI. Régimen de Incorporación Fiscal (RIF): Régimen fiscal en el que se integran aquellas personas físicas que realicen una actividad comercial o presten algún servicio por los que no requieran título profesional, siempre que sus ingresos anuales no excedan los dos millones de pesos;
XII. RFC: Registro Federal de Contribuyentes;
XIII. SAT: Servicio de Administración Tributaria;
XIV. SEBIEN: Secretaría de Bienestar;
XV. Secretaría: Secretaría de Economía;
XVI. Solicitud: Formato con los datos generales de la persona interesada en obtener un Apoyo Financiero;
XVII. TESOFE: Tesorería de la Federación;
XVIII. UDP: Unidad de Desarrollo Productivo de la Secretaría de Economía, y
XIX. UPPE: Unidad de Prospectiva, Planeación y Evaluación de la Secretaría de Economía.

CAPÍTULO II
DE LOS OBJETIVOS DEL PROGRAMA

TERCERO.- El Programa tendrá los siguientes objetivos:
I. General
Contribuir a la permanencia de las actividades productivas de las personas microempresarias, ante la crisis económica derivada de la emergencia sanitaria ocasionada por el virus SARS-CoV2.
II. Específicos
a) Proporcionar financiamiento a las microempresas familiares identificadas mediante el Censo de Bienestar, y
b) Proporcionar financiamiento a mujeres solidarias y empresas cumplidas en circunstancias de desaceleración económica derivada de la emergencia sanitaria ocasionada por el virus SARS-CoV2.

CAPÍTULO III
DE LA COBERTURA Y POBLACIÓN QUE ATENDERÁ EL PROGRAMA

CUARTO.- El Programa tendrá cobertura nacional.

QUINTO.- El Programa estará dirigido a la siguiente población:
I. Población Potencial: Personas microempresarias que, ante las afectaciones económicas derivadas de la emergencia sanitaria generada por la propagación del COVID-19, enfrentan dificultades para la permanencia de sus actividades productivas.
II. Población Objetivo: Proporción de la población potencial que cumple con los criterios de elegibilidad y es factible atender con los recursos aprobados al Programa en el ejercicio 2021.

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