SECRETARÍA DE BIENESTAR

SECRETARÍA DE BIENESTAR

Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos, que celebran la Secretaría de Bienestar y el Estado de Yucatán, para la operación del Programa Federal Sembrando Vida.

DECLARACIONES

I.- De “LA SECRETARÍA”

I.1.- Reproduce y ratifica las declaraciones insertas en “EL CONVENIO”.

II.- De “LA ENTIDAD FEDERATIVA”

II.1.- Reproduce y ratifica las declaraciones insertas en “EL CONVENIO”.

III.- De “LAS PARTES”:

III.1.- Que reconocen las facultades legales de sus representantes para suscribir el presente instrumento, mismas que han quedado acreditadas en “EL CONVENIO”.

III.2.- Que es su voluntad suscribir el presente instrumento, con objeto de modificar las cláusulas Cláusula Primera, Décima Quinta y el EXPEDIENTE TÉCNICO, ANEXO 1 de “EL CONVENIO”.

Una vez leídos los antecedentes y declaraciones de este instrumento, “LAS PARTES” manifiestan su voluntad en suscribir el mismo, en la forma y términos que se estipulan en las siguientes:

CLAUSULAS

PRIMERA.- Es objeto del presente instrumento, es modificar las cláusulas Cláusula Primera, Décima Quinta y el EXPEDIENTE TÉCNICO, ANEXO 1 de “EL CONVENIO”.

SEGUNDA.- Las partes de conformidad con lo previsto en la Cláusula Décima Tercera de “EL CONVENIO”, están de acuerdo en modificar el mismo, en la Cláusula Primera, Décima Quinta y el EXPEDIENTE TÉCNICO, ANEXO 1 de “EL CONVENIO”; para quedar de la siguiente manera:

PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio de Coordinación en Materia de Reasignación de Recursos y los Anexos que forman parte integrante del mismo, tienen por objeto transferir recursos presupuestarios federales a “LA ENTIDAD FEDERATIVA” para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en materia de producción de plantas maderables, frutales y de Cultivo, con el objeto de llevar a cabo la operación del PROGRAMA FEDERAL SEMBRANDO VIDA, con el fin de atender a los sujetos AGRARIOS que se encuentren en mayor situación de pobreza en el estado de Yucatán; definir la aplicación que se dará a tales recursos; precisar los compromisos que sobre el particular asumen “LA ENTIDAD FEDERATIVA” y el Ejecutivo Federal a través de “LA SECRETARÍA”, y establecer los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio.

Los recursos que reasigna el Ejecutivo Federal, a que se refiere la Cláusula Segunda del presente Convenio de Coordinación en Materia de Reasignación de Recursos se aplicarán al Proyecto de Producción de 4,612,559 (Cuatro Millones Seiscientos doce mil quinientos cincuenta y nueve) árboles de especies frutícolas para el año 2020, para la operación del Programa “SEMBRANDO VIDA”, hasta por el importe que a continuación se menciona:

El Proyecto a que se refiere el párrafo anterior se prevén en forma detallada en el Anexo 1 (Expediente Técnico) que deriva del presente instrumento.

Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente Convenio de Coordinación en Materia de Reasignación de Recursos, “LAS PARTES” se sujetarán a lo establecido en el mismo y sus correspondientes Anexos, a los “Lineamientos para el ejercicio eficaz, transparente, ágil y eficiente de los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las entidades federativas mediante convenios de coordinación en materia de reasignación de recursos”, así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables.

DÉCIMA QUINTA.- VIGENCIA.- El presente Convenio de Coordinación en Materia de Reasignación de Recursos comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción, y hasta el 30 de junio de 2021, con excepción de lo previsto en la fracción XII de la cláusula SEXTA de este instrumento, debiéndose publicar en el Diario Oficial de la Federación y en el Órgano de Difusión Oficial de “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización, de conformidad con el artículo 224, último párrafo, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

TERCERA.- El EXPEDIENTE TÉCNICO, ANEXO 1, que se mencionan en las cláusulas modificadas en los términos de la cláusula anterior de este instrumento; se modifican de la misma manera y se agregan al presente Convenio Modificatorio, como parte integrante de él.

CUARTA.- Las partes acuerdan que a excepción de lo que expresamente se establece en el presente Convenio Modificatorio, el cual pasará a formar parte integrante de “EL CONVENIO”, las demás Cláusulas continúan vigentes en los términos y condiciones estipulados en “EL CONVENIO”, por lo que éstas regirán y se aplicarán con toda su fuerza, subsistiendo plenamente todas las demás obligaciones y derechos contenidos en “EL CONVENIO”.

QUINTA.- Cualquier duda que surgiese por la interpretación de este instrumento o sobre los asuntos que no estén expresamente previstos en el mismo; las partes se sujetarán en todo momento, a lo establecido en “EL CONVENIO”.

SEXTA.- El presente Convenio Modificatorio empezará a surtir efectos a partir de la fecha de su suscripción y será publicado en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización.

Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación en Materia de Reasignación de Recursos, celebrado el día veinte de mayo de dos mil veinte; ratifican su contenido y efectos, por lo que lo firman por quintuplicado de conformidad y para constancia, a los veintiocho días del mes de diciembre de dos mil veinte.- Por la Secretaria: el Subsecretario de Planeación, Evaluación y Desarrollo Regional, Hugo Raúl Paulin Hernández.- Rúbrica.- El Director General adscrito a la Subsecretaría de Planeación, Evaluación y Desarrollo Regional, Julio César Gerónimo Castillo.- Rúbrica.- La Directora General adscrita a la Subsecretaría de Planeación, Evaluación y Desarrollo Regional, Lidia Rivera Herrera.- Rúbrica.- La Directora de Área, Karla Guadalupe Sevilla Lizarraga.- Rúbrica.- El Coordinador del Territorio del Programa Sembrando Vida, Adrián Flores Eredia.- Rúbrica.- Por la Entidad Federativa: la Secretaria de Administración y Finanzas del Estado, Olga Rosas Moya.- Rúbrica.- La Secretaria General de Gobierno del Estado, María Dolores Fritz Sierra.- Rúbrica.- El Secretario de Desarrollo Rural, Jorge Andre Díaz Loeza.- Rúbrica.



Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos, que celebran la Secretaría de Bienestar y el Estado de Chiapas, para la operación del Programa Federal Sembrando Vida.

DECLARACIONES

I.- De “LA SECRETARÍA”

I.1    Que es una Dependencia del Ejecutivo Federal que cuenta con la competencia necesaria para celebrar este Convenio Modificatorio a “EL CONVENIO” , conforme a lo dispuesto en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1°, 2°, fracción I, 26 y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

I.2    Que de acuerdo con lo estipulado en el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, le corresponde, entre otras atribuciones, formular, conducir, evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo a la pobreza; coordinar la acciones que incidan en el bienestar de la población y el desarrollo humano, fomentando un mejor nivel de vida; coordinar, concretar y ejecutar programas especiales para la atención de los sectores sociales más desprotegidos, en especial de los pobladores de las zonas áridas de las áreas rurales, así como de los colonos de las áreas urbanas, para elevar el nivel de vida de la población, con la intervención de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal correspondientes y de los gobierno estatales y municipales y, con la participación de los sectores social y privado.

I.3    Que su representante el Lic. Hugo Raúl Paulin Hernández, Subsecretario de Planeación, Evaluación y Desarrollo Regional, lo cual lo acredita con el nombramiento del cargo, emitido el 04 de septiembre de 2020, signado por el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Lic. Andrés Manuel López Obrador, mismo que se encuentra vigente, tiene la facultad para suscribir el presente Convenio Modificatorio a “EL CONVENIO” , de conformidad con lo estipulado en los artículos 6 fracciones VI y XIX; 9 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, hoy Secretaría de Bienestar; y Octavo y Décimo Quinto Transitorios del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018; el Articulo Único del Acuerdo por el que se Delegan en la persona Titular de la Subsecretaría de Planeación, Evaluación y Desarrollo Regional, las facultades que se indican ,publicado en el Diario Oficial de la Federación el 04 demarzo de 2020.

I.4.   Que el M.C. Julio Cesar Gerónimo Castillo, en su carácter de Director General de Instrumentación de Programas de Agroforestería, de acuerdo a la estructura orgánica, aprobada y registrada, mediante oficio número SSFP/408/0753/2019, de fecha 30 de abril de 2019, tiene la facultad para suscribir el presente Convenio Modificatorio a “EL CONVENIO” , de conformidad con lo estipulado en el artículo 12 fracciones I y XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, hoy Secretaría de Bienestar; y Octavo y Décimo Quinto Transitorios del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018.

I.5.   Que la Mtra. Lidia Rivera Herrara, en su carácter de Directora General de Seguimiento y Logística para el Desarrollo Rural, de acuerdo a la estructura orgánica, aprobada y registrada, mediante oficio número SSFP/408/0753/2019, de fecha 30 de abril de 2019, tiene la facultad para suscribir el presente Convenio Modificatorio a “EL CONVENIO” , de conformidad con lo estipulado en el artículo 12 fracciones I y XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, hoy Secretaría de Bienestar; y Octavo y Décimo Quinto Transitorios del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018.

II.- De “LA ENTIDAD FEDERATIVA”

II.1.- Reproduce y ratifica las declaraciones insertas en “EL CONVENIO”.

III.- De “LAS PARTES”:

III.1.- Que reconocen las facultades legales de sus representantes para suscribir el presente instrumento, mismas que han quedado acreditadas en “EL CONVENIO”.

III.2.- Que es su voluntad suscribir el presente instrumento, con objeto de modificar la cláusula Décima Quinta y el EXPEDIENTE TÉCNICO, ANEXO 1 de “EL CONVENIO”.

Una vez leídos los antecedentes y declaraciones de este instrumento, “LAS PARTES” manifiestan su voluntad en suscribir el mismo, en la forma y términos que se estipulan en las siguientes:

CLAUSULAS

PRIMERA.- El objeto del presente instrumento, es modificar la Cláusula Décima Quinta y el EXPEDIENTE TÉCNICO, ANEXO 1 de “EL CONVENIO”.

SEGUNDA.- Las partes de conformidad con lo previsto en la Cláusula Décima Tercera de “EL CONVENIO”, están de acuerdo en modificar el mismo, en la Cláusula Décima Quinta y el EXPEDIENTE TÉCNICO, ANEXO 1 de “EL CONVENIO”; para quedar de la siguiente manera:

DÉCIMA QUINTA.- VIGENCIA.- El presente Convenio de Coordinación en Materia de Reasignación de Recursos comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción, y hasta el 30 de junio de 2021, con excepción de lo previsto en la fracción XII de la cláusula SEXTA de este instrumento, debiéndose publicar en el Diario Oficial de la Federación y en el Órgano de Difusión Oficial de “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización, de conformidad con el artículo 224, último párrafo, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

TERCERA.- EL EXPEDIENTE TÉCNICO, ANEXO 1, que se mencionan en las cláusulas modificadas en los términos de la cláusula anterior de este instrumento; se modifican de la misma manera y se agregan al presente Convenio Modificatorio, como parte integrante de él.

CUARTA.- Las partes acuerdan que a excepción de lo que expresamente se establece en el presente Convenio Modificatorio, el cual pasará a formar parte integrante de “EL CONVENIO”, las demás Cláusulas continúan vigentes en los términos y condiciones estipulados en “EL CONVENIO”, por lo que éstas regirán y se aplicarán con toda su fuerza, subsistiendo plenamente todas las demás obligaciones y derechos contenidos en “EL CONVENIO”.

QUINTA.- El presente Convenio Modificatorio empezará a surtir efectos a partir de la fecha de su suscripción y será publicado en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Chiapas dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización.

Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación en Materia de Reasignación de Recursos, celebrado el día once de mayo de dos mil veinte; ratifican su contenido y efectos, por lo que lo firman por quintuplicado de conformidad y para constancia, a los treinta y un días del mes de diciembre de dos mil veinte.- Por la Secretaría: el Subsecretario de Planeación, Evaluación y Desarrollo Regional, Hugo Raúl Paulin Hernández.- Rúbrica.- El Director General de Instrumentación de Programas de Agroforestería, Julio César Gerónimo Castillo.- Rúbrica.- La Directora General de Seguimiento y Logística para el Desarrollo Rural, Lidia Rivera Herrera.- Rúbrica.- La Directora de Análisis Normativo, Karla Guadalupe Sevilla Lizarraga.- Rúbrica.- El Coordinador del Territorio del Programa Sembrando Vida, Julio César Jesús Montiel.- Rúbrica.- Por la Entidad Federativa: el Secretario de Hacienda del Estado, Javier Jiménez Jiménez.- Rúbrica.- La Secretaria de Agricultura, Ganadería y Pesca del Estado, Zaynia Andrea Gil Vázquez.- Rúbrica.- La Secretaria de Medio Ambiente e Historia Natural del Estado, Maríadel Rosario Bonifaz Alfonzo.- Rúbrica.- La Secretaria de la Honestidad y la Función Pública, Liliana Angell González.- Rúbrica.

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