SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

Acuerdo por el que se suspende temporalmente la operación del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental sobre Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios, Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, denominado CompraNET.

ACUERDO 47/2021

ARTURO HERRERA GUTIÉRREZ, Secretario de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 1o., 2o., fracción I, 14, primer párrafo, 16, 26 y 31, fracciones XXV y XXXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Transitorios Octavo, Décimo y Décimo Tercero del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018, y 28, párrafo tercero de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 2, fracción II, y 56, segundo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 2, fracción II, y 74, segundo párrafo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 4o., 6o, fracción XXIX y 8o., del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y Transitorio Décimo del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de abril de 2020, y

PRIMERO.- Con el propósito de realizar la actualización y mantenimiento de la plataforma tecnológica que soporta el Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental sobre Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, así como sobre Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, denominado CompraNet, se suspende la operación de dicha plataforma a partir de las 00:01 y hasta las 23:59 horas del sábado 10 de abril de 2021 (Tiempo del centro).

SEGUNDO.- Los entes públicos referidos en los artículos 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, deberán asegurarse que la suspensión temporal que se establece en el numeral anterior, no afecte los derechos de los demás usuarios, por lo que no deberán considerar dichas horas dentro de los términos y plazos que, en su caso, se tengan estipulados para el cumplimiento de obligaciones o la realización de actos que se vean afectados por la suspensión de la operación de CompraNet relacionados con los procedimientos de contratación.

TERCERO.- La Oficialía Mayor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, difundirá el presente Acuerdo a través del portal: https://compranet.hacienda.gob.mx/web/login.html.

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Atentamente.

Ciudad de México, a los 06 días del mes de abril de 2021.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Arturo Herrera Gutiérrez.- Rúbrica.

Referido de https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5615525&fecha=09/04/2021



Acuerdo por el que se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, correspondientes al periodo que se especifica.

KARINA RAMÍREZ ARRAS, Titular de la Unidad de Política de Ingresos no Tributarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por el artículo Primero del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2016 y sus posteriores modificaciones, se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles automotrices, correspondientes al periodo comprendido del 10 al 16 de abril de 2021, mediante el siguiente.

ACUERDO

Artículo Primero. Los porcentajes del estímulo fiscal para el periodo comprendido del 10 al 16 de abril de 2021, aplicables a los combustibles automotrices son los siguientes:

Artículo Segundo. Los montos del estímulo fiscal para el periodo comprendido del 10 al 16 de abril de 2021, aplicables a los combustibles automotrices son los siguientes:

Artículo Tercero. Las cuotas para el periodo comprendido del 10 al 16 de abril de 2021, aplicables a los combustibles automotrices son las siguientes:

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Ciudad de México, a 8 de abril de 2021.- Con fundamento en el artículo Primero, último párrafo del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, en suplencia del C. Subsecretario de Hacienda y Crédito Público, la Titular de la Unidad de Política de Ingresos No Tributarios, Karina Ramírez Arras.- Rúbrica.

Referido de https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5615526&fecha=09/04/2021



Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con los Estados Unidos de América, correspondientes al periodo que se especifica.

ACUERDO

Artículo Único.- Se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables, dentro de la franja fronteriza de 20 kilómetros y del territorio comprendido entre las líneas paralelas de más de 20 y hasta 45 kilómetros a la línea divisoria internacional con los Estados Unidos de América, a que se refieren los artículos Segundo y Quinto del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, durante el período comprendido del 10 al 16 de abril de 2021.

Referido de https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5615527&fecha=09/04/2021



Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con Guatemala, correspondientes al periodo que se especifica.


Acuerdo mediante el cual se otorga la patente de Agente Aduanal número 1849 a favor de la ciudadana Carla Lorena Díaz Salas Fragoso, para ejercer funciones con tal carácter ante la Aduana del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México como aduana de adscripción.


Acuerdo mediante el cual se otorga la patente de Agente Aduanal número 1846 a favor del ciudadano Rodrigo Garayzar Chávez, para ejercer funciones con tal carácter ante la Aduana de Nogales como aduana de adscripción.

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