CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
Acuerdo CCNO/3/2021 de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de domicilio del Tribunal Unitario del Vigésimo Sexto Circuito, con residencia en La Paz, Baja California Sur.
CONSIDERANDO
PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y noveno, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO. El artículo 17, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;
TERCERO. De conformidad con el artículo 42, fracción VIII, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, la Comisión de Creación de Nuevos Órganos tiene la facultad para acordar las acciones tendentes a la adecuada y pronta instalación y cambio de domicilio de los órganos jurisdiccionales, entendido este último, como el cambio de ubicación del órgano jurisdiccional dentro de la misma ciudad o localidad en que se encuentra; para lo cual se dará aviso a la Comisión de Administración; y
CUARTO. Resulta conveniente que el Tribunal Unitario del Vigésimo Sexto Circuito se reubique al inmueble donde actualmente está ubicado el Centro de Justicia Penal Federal, lo cual permitirá liberar espacios para la instalación de otros órganos jurisdiccionales.
Por lo anterior, se expide el siguiente:
ACUERDO
Artículo 1. Se autoriza el cambio de domicilio del Tribunal Unitario del Vigésimo Sexto Circuito con residencia en La Paz, Baja California Sur.
Artículo 2. El nuevo domicilio del Tribunal Unitario del Vigésimo Sexto Circuito con residencia en La Paz, Baja California Sur, será en Antonio Álvarez Rico, número 4115, colonia Emiliano Zapata, código postal 23070, La Paz, Baja California Sur.
Artículo 3. El Tribunal Unitario del Vigésimo Sexto Circuito con residencia en La Paz, Baja California Sur, iniciará funciones en su nuevo domicilio el 17 de mayo de 2021.
Artículo 4. A partir del 17 de mayo de 2021 toda la correspondencia, trámites y diligencias relacionados con los asuntos de la competencia del Tribunal Unitario del Vigésimo Sexto Circuito con residencia en La Paz, Baja California Sur, deberán dirigirse y realizarse en el domicilio precisado en el artículo 2 de este Acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, y para su mayor difusión en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; así como en el portal del Consejo de la Judicatura Federal en Intranet e Internet.
TERCERO. El Tribunal Unitario del Vigésimo Sexto Circuito con residencia en La Paz, Baja California Sur colocará avisos en lugares visibles en relación con el cambio de domicilio.
LA JUEZA ILEANA MORENO RAMÍREZ, SECRETARIA EJECUTIVA DE CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo CCNO/3/2021 de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de domicilio del Tribunal Unitario del Vigésimo Sexto Circuito, con residencia en La Paz, Baja California Sur, fue aprobado por la propia Comisión en sesión privada ordinaria celebrada el veintiuno de abril de dos mil veintiuno, por los señores Consejeros: Presidente Bernardo Bátiz Vázquez, Jorge Antonio Cruz Ramos y Sergio Javier Molina Martínez.- Ciudad de México, veintiuno de abril de dos mil veintiuno.- Conste.- Rúbrica.