INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
SÍNTESIS DE LA RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DE LAS IRREGULARIDADES ENCONTRADAS EN EL DICTAMEN CONSOLIDADO DE LA REVISIÓN DEL INFORME DE INGRESOS Y GASTOS PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES PARA LA OBTENCIÓN DEL APOYO CIUDADANO DE LA PERSONA ASPIRANTE A LA PRESIDENCIA MUNICIPAL DE MAZATLÁN, CORRESPONDIENTE AL PROCESO ELECTORAL LOCAL ORDINARIO 2020-2021, EN EL ESTADO DE SINALOA, IDENTIFICADA CON LA CLAVE ALFANUMÉRICA INE/CG309/2021.(1)
30.1 C. Lydia Schobert Lizárraga(2)

En términos del artículo 458, numeral 8 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, los recursos obtenidos de las sanciones económicas impuestas en esta Resolución serán destinados al organismo estatal encargado de la promoción, fomento y desarrollo de la ciencia, tecnología e innovación de la entidad federativa correspondiente en los términos de las disposiciones aplicables.
Atentamente
Ciudad de México, a 17 de enero de 2022.- Titular de la Unidad Técnica de Fiscalización, Jacqueline Vargas Arellanes.- Rúbrica.
1 Visible en: https://repositoriodocumental.ine.mx/xmlui/bitstream/handle/123456789/118564/CGor202103-21-rp-5-2.pdf?sequence=1&isAllowed=y
2 Por la totalidad de las faltas observadas se realizó la imposición de una sola sanción, atendiendo a la capacidad económica de la aspirante.