INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Acuerdo por el que se modifica el Diverso que establece las Reglas para la presentación de solicitudes ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.
ÚNICO.- Se reforman los artículos 1, fracciones I, III y IV; 2; 3 fracción II; 4; 7 fracciones II, III y IV; 10; 11 fracciones I y VII y párrafo último; 12; 12 Bis; 16, fracciones I y II; 16 BIS; 16 BIS 1 párrafo segundo; 16 BIS 3; 33; 34, párrafos primero y último; 35, párrafo último y 39 y se adicionan los artículos 7, con una fracción V; 11 fracción I, con un párrafo segundo, y la fracción VII, con un párrafo segundo, recorriéndose en su orden el actual último párrafo; 34, con una fracción XXII y 36, con un párrafo último, del Acuerdo que establece las reglas para la presentación de solicitudes ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, para quedar como sigue:
Artículo 1.- . . .
I.- Determinar las especificaciones que deberán cumplir los anexos de las solicitudes de patente o de registro que se presenten ante el Instituto;
II. – . . .
III.- Establecer las formas oficiales para la presentación de solicitudes ante el Instituto y el medio a través de la cual se darán a conocer a los usuarios;
IV.- Señalar el sitio a través del cual se consultarán los trámites y servicios del Instituto, inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios, y
V.- . . .
Artículo 2.- Para efectos del presente Acuerdo, se entenderá por:
I.- Ley: la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial;
II.- Reglamento: el Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial;
III.- Instituto: el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, y
IV.- Buzón en Línea: el medio de comunicación electrónica a que se refiere el artículo 5o. BIS, cuarto párrafo del Reglamento.