COMISIÓN NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS
ACUERDO por el que se dan a conocer las políticas, bases y lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios de la CONDUSEF.
ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS POLÍTICAS, BASES Y LINEAMIENTOS EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE LA CONDUSEF
PRIMERO. Las Políticas, bases y lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios de la CONDUSEF pueden ser consultadas en las siguientes ligas electrónicas:https://www.condusef.gob.mx/documentos/transparencia/normateca-interna/Pobalines-oct2020.pdfhttp://www.dof.gob.mx/2020/CONDUSEF/POBALINES.pdf
SEGUNDO. Las Políticas, bases y lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios de la CONDUSEF son de observancia obligatoria para todos los servidores públicos referidos en las mismas.
ACUERDO por el que la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros hace del conocimiento del público en general, que ante la contingencia por el virus SARS-CoV2 suspende los términos y plazos, así como la atención personal en la unidad de atención a usuarios BA4, con sede en el Estado de Durango, por el periodo comprendido entre el 4 y el 17 de noviembre de 2020.
ARTÍCULO PRIMERO.- Para efectos de los actos y procedimientos administrativos que en ejercicio de sus atribuciones realizan y se desahogan ante la Unidad de Atención a Usuarios BA4 de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, con sede en el estado de Durango, en términos de las disposiciones contenidas en la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, en la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, en la Ley de Instituciones de Crédito, en la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, en la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia y en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se considerarán como inhábiles para todos los efectos legales los días comprendidos entre el 4 y el 17 de noviembre de 2020, por lo que no se computarán en los términos y plazos legales correspondientes.
Quedan exceptuados de lo dispuesto en el párrafo anterior, las quejas que se tramiten vía remota mediante el uso de la plataforma de Queja Electrónica, así como el registro en el Sistema de Conciliación Telefónica (COT) que se realice a través de la página de internet, para llevar a cabo la conciliación vía telefónica en términos de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, única y exclusivamente para la cita, reprogramación, atención de requerimientos, rendición de informes por parte de las Instituciones Financieras, celebración de audiencias de conciliación vía telefónica y el cumplimiento de los acuerdos tomados en dichas audiencias de conciliación vía telefónica.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se suspende la atención personal a usuarios de servicios financieros y representantes de las Instituciones Financieras en la Unidad de Atención a Usuarios BA4, con sede en el estado de Durango, durante el periodo comprendido entre el 4 y el 17 de noviembre de 2020.
La atención personal a usuarios de servicios financieros y representantes de las Instituciones Financieras en la Unidad de Atención a Usuarios BA4, con sede en el estado de Durango, se reanudará partir del 18 de noviembre de 2020, únicamente a través de citas que se generen por los medios señalados en el portal de internet de la CONDUSEF https://www.condusef.gob.mx.
No obstante, durante dicho periodo los usuarios de servicios financieros por vía remota, podrán iniciar trámites y dar seguimiento a los procedimientos que se llevan a cabo ante la CONDUSEF, así como solicitar asesoría a través de los distintos medios que se señalan en el portal de internet de la CONDUSEF https://www.condusef.gob.mx.
ARTÍCULO TERCERO.- Las actuaciones, requerimientos, solicitudes o promociones realizadas durante el periodo comprendido entre el 4 y el 17 de noviembre de 2020, ante la Unidad de Atención a Usuarios BA4, con sede en el estado de Durango, en su caso, se entenderán realizadas hasta el día hábil siguiente.
Quedan exceptuados de lo anterior, los procedimientos de conciliación desahogados por vía telefónica, en términos del último párrafo del Artículo Primero del presente Acuerdo.