SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Acuerdo por el que se dan a conocer los estímulos fiscales a la gasolina y al diésel en los sectores
pesquero y agropecuario para el mes de diciembre de 2020.
ARTURO HERRERA GUTIÉRREZ, Secretario de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 31, fracción XXXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5o., segundo párrafo de la Ley de Energía para el Campo; Primero del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican; Primero del Acuerdo por el que se establecen estímulos fiscales a la gasolina y el diésel en los sectores pesquero y agropecuario, 4o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y tomando en cuenta que prevalecen las condiciones expuestas en el “Acuerdo por el que se dan a conocer los estímulos fiscales a la gasolina y al diésel en los sectores pesquero y agropecuario para el mes de junio de 2020” publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo del presente, he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO
Artículo Primero.- El presente Acuerdo tiene por objeto dar a conocer los porcentajes de los estímulos fiscales aplicables en todo el territorio nacional a la gasolina menor a 91 octanos y al diésel para uso en el sector pesquero y agropecuario de conformidad con el Artículo Primero del Acuerdo por el que se establecen estímulos fiscales a la gasolina y el diésel en los sectores pesquero y agropecuario, publicado el 30 de diciembre de 2015 en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo Segundo.- Los porcentajes de los estímulos fiscales aplicables para el mes de diciembre de 2020, son los siguientes:
Acuerdo por el que se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo fiscal, así como las
cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles
que se indican, correspondientes al periodo que se especifica.
KARINA RAMÍREZ ARRAS, Titular de la Unidad de Política de Ingresos no Tributarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por el artículo Primero del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2016 y sus posteriores modificaciones, se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles automotrices, correspondientes al periodo comprendido del 28 de noviembre al 4 de diciembre de 2020, mediante el siguiente.
ACUERDO
Artículo Primero. Los porcentajes del estímulo fiscal para el periodo comprendido del 28 de noviembre al 4 de diciembre de 2020, aplicables a los combustibles automotrices son los siguientes:
Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación
de gasolinas en la región fronteriza con los Estados Unidos de América, correspondientes al periodo
que se especifica.
KARINA RAMÍREZ ARRAS, Titular de la Unidad de Política de Ingresos no Tributarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos Segundo y Quinto del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2016 y sus posteriores modificaciones, se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas en la franja fronteriza de 20 kilómetros y en el territorio comprendido entre las líneas paralelas de más de 20 y hasta 45 kilómetros a la línea divisoria internacional con los Estados Unidos de América, durante el periodo que se indica, mediante el siguiente.
ACUERDO
Artículo Único.- Se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables, dentro de la franja fronteriza de 20 kilómetros y del territorio comprendido entre las líneas paralelas de más de 20 y hasta 45 kilómetros a la línea divisoria internacional con los Estados Unidos de América, a que se refieren los artículos Segundo y Quinto del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, durante el período comprendido del 28 de noviembre al 4 de diciembre de 2020.
ACUERDO por el que se desincorpora del régimen de dominio público de la Federación y se autoriza la aportación a título gratuito al patrimonio de CFE Distribución, Empresa Productiva Subsidiaria de la Comisión Federal de Electricidad, el inmueble federal con superficie de 1,152.94 metros cuadrados, denominado “Grupo 1 de Baja Tensión, Oficinas de Instalación”, ubicado en Calle Acueducto S/N, Colonia Huipulco, Alcaldía Tlalpan, Ciudad de México, anteriormente denominado “Subestación Huipulco” ubicado en terreno denominado Otenco, en el lugar denominado Huipulco en términos de la Ex Municipalidad de Tlalpan, con Registro Federal Inmobiliario número 9-21119-6;
MAURICIO MÁRQUEZ CORONA, Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos, 1, 2 fracción I, 17, 26 y 31 fracciones XXIX y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 6 fracciones XII y XX, 11 fracción I, 28 fracciones I y VII, 29 fracciones II y VI, 84 fracción VI, 95, 99 fracción III y 101 fracción VI de la Ley General de Bienes Nacionales; 2o apartado D fracción VI y 98-C del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y 1, 3 fracción X, 4 fracción I, inciso a) y 6 fracción XXXIII del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; y
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Que dentro de los bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación, se encuentra el inmueble federal con superficie de 1,152.94 metros cuadrados, denominado “Grupo 1 de Baja Tensión, Oficinas de Instalación”, ubicado en Calle Acueducto S/N, Colonia Huipulco, Alcaldía Tlalpan, Ciudad de México, anteriormente denominado “Subestación Huipulco” ubicado en terreno denominado Otenco, en el lugar denominado Huipulco en términos de la Ex Municipalidad de Tlalpan, con Registro Federal Inmobiliario número 9-21119-6;
SEGUNDO.- Que la propiedad del inmueble a que se refiere el Considerando precedente, se acredita mediante Contrato de enajenación a título gratuito y cesión de derechos posesorios número CD-A 2015 008 de 14 de agosto de 2015, inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el Folio Real 36886/2 de 22 de septiembre de 2015;
TERCERO.- Que las medidas y colindancias del inmueble objeto del presente Acuerdo se consignan en el plano topográfico elaborado a escala 1:200 por la Comisión Federal de Electricidad, aprobado y registrado por la Dirección de Registro Público y Control Inmobiliario, de la Dirección General de Política y Gestión Inmobiliaria, del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales con el número DRPCI/6558/9-21119-6/2019/T el 25 de mayo de 2019 y certificado el 5 de junio de 2019;
ACUERDO por el que se desincorpora del régimen de dominio público de la Federación y se autoriza la aportación a título gratuito al patrimonio de CFE Distribución, Empresa Productiva Subsidiaria de la Comisión Federal de Electricidad, el inmueble federal con superficie de 9,249.59 metros cuadrados, denominado “Subestación Eléctrica Alzate”, ubicado en Carretera Toluca-Temoaya y/o Avenida Canal S/N, Poblado de Ixtlahuaca, Municipio de Almoloya de Juárez, Estado de México, con Registro Federal Inmobiliario número 15-9368-8.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Que dentro de los bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación, se encuentra el inmueble federal con superficie de 9,249.59 metros cuadrados, denominado “Subestación Eléctrica Álzate”, ubicado en Carretera Toluca-Temoaya y/o Avenida Canal S/N, Poblado de Ixtlahuaca, Municipio de Almoloya de Juárez, Estado de México, con Registro Federal Inmobiliario número 15-9368-8;
SEGUNDO.- Que la propiedad del inmueble se acredita con la Declaratoria 006/2019, por la que se establece que el inmueble federal “Subestación Eléctrica Álzate” forma parte del Patrimonio de la Federación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de abril de 2019, inscrita en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el Folio Real 146084/1 de fecha 30 de abril de 2019;
TERCERO.- Que las medidas y colindancias del inmueble objeto del presente Acuerdo se consignan en el plano topográfico elaborado a escala 1:500 por la Comisión Federal de Electricidad, aprobado y registrado por la Dirección de Registro Público y Control Inmobiliario, de la Dirección General de Política y Gestión Inmobiliaria, del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales con el número DRPCI/6294/15-9368-8/2018-T el 19 de octubre de 2018 y certificado el 26 de octubre de 2018;
CUARTO.- Que mediante oficio CFE- DIS-651 de 15 de octubre de 2018 el Director General de CFE Distribución, Empresa Productiva Subsidiaria de la Comisión Federal de Electricidad, tal y como se desprende de la Relación de Entidades Paraestatales de la Administración Pública Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de agosto de 2018, solicitó al Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, la aportación gratuita a su patrimonio del inmueble materia de este Acuerdo, toda vez que está siendo destinado al cumplimiento del objeto para el cual fue creada;
QUINTO.- Que mediante oficios números 401.3S.1-2020/1568 y 401.3S.1-2020/1569 ambos del 18 de agosto de 2020, el INAH por conducto del Centro INAH Estado de México, manifiesta que el inmueble materia de este Acuerdo no está considerado monumento histórico; y por oficio número 0879-C/0681 de 19 de agosto de 2020, el INBAL, a través de la Dirección de Arquitectura y Conservación del Patrimonio Artístico Inmueble, manifiesta que el inmueble materia de este Acuerdo no está incluido en la relación de inmuebles de Valor Artístico;
SEXTO.- Que este Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en su carácter de autoridad encargada de conducir la política inmobiliaria de la Administración Pública Federal; con base en el Dictamen de no publicidad del 16 de octubre de 2018, emitido por la Dirección de Gestión de Uso de Inmuebles dictaminó no llevar a cabo la difusión prevista en el artículo 49 de la Ley General de Bienes Nacionales y el numeral 118 del Acuerdo por el que se establecen las disposiciones en Materia de Recursos Materiales y Servicios Generales, en razón de que el inmueble descrito en el primer Considerando de este Acuerdo será objeto del acto de disposición previsto en el artículo 84 fracción VI de la Ley General de Bienes Nacionales, ya que se encuentra en posesión de la Empresa Productiva Subsidiaria de la Comisión Federal de Electricidad CFE Distribución y por ende no figura ni ha figurado como “disponible” en el Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal; además de no ser apto para ser destinado al servicio dealguna otra Institución Pública;
NOTIFICACIÓN mediante la cual se da a conocer el inicio del procedimiento administrativo para emitir la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto de los inmuebles Federales que se señalan, por encontrarse en el supuesto de lo establecido en el artículo 29 fracción IV en relación con el artículo 6 fracción VI, ambos de la Ley General de Bienes Nacionales.
A LOS PROPIETARIOS Y/O POSEEDORES DE LOS PREDIOS COLINDANTES CON LOS INMUEBLES FEDERALES QUE SE SEÑALAN.
P R E S E N T E S
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 2, 17, 26, 31 fracciones XXIX, XXX y XXXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, fracciones VI y VII, 3 fracción III, 4, 6 fracción VI, 10, 13, 28, fracciones I, III y VII, 29, fracción IV y 32 de la Ley General de Bienes Nacionales; 2o. apartado D fracción VI y 98-C del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como los artículos 1, 3 fracción X, 6 fracción XXXIII y 11 fracciones I y V del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; ARTÍCULO PRIMERO del Acuerdo delegatorio, emitido por la Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de marzo del 2017; 2, 3 fracción VI, 4, 8 y 10 de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, es un Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, como lo disponen los artículos 2o. apartado D fracción VI y 98-C del Reglamento Interior de esta última y 1 de su propio Reglamento, al cual le corresponde llevar el inventario, registro y catastro de los inmuebles federales, así como la administración, vigilancia, control, protección, adquisición, enajenación y afectación de inmuebles federales competencia de la propia Secretaría, de conformidad con los artículos 1, 3 fracción X y 11 fracciones I y V del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, facultades que son ejercidas a través de la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal.
N O T I F I C A
El inicio del procedimiento para la emisión de la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto de los inmuebles Federales, con el Registro Federal Inmobiliario, denominación, ubicación, superficie, medidas y colindancias correspondientes, señalados en el cuadro siguiente:
AVISO MEDIANTE EL CUAL SE INFORMA DE LA PUBLICACIÓN DE LAS BASES GENERALES PARA EL REGISTRO, AFECTACIÓN, DISPOSICIÓN FINAL Y BAJA DE BIENES MUEBLES DE AGROASEMEX, S.A
CONSIDERANDO
Que en la Primera Sesión Extraordinaria de 2020 del Comité de Bienes Muebles de AGROASEMEX, S.A., celebrada el 16 de octubre de 2020, se dictaminó la procedencia de actualización de las Bases Generales para el registro, afectación, disposición final y baja de bienes muebles de AGROASEMEX, S.A en los términos que disponen los artículos 140 y 141 de la Ley General de Bienes Nacionales y la cláusula cuadragésima sexta de las Normas Generales para el Registro, Afectación Disposición final y baja de Bienes Muebles de AGROASEMEX, S.A.
Que en la Centésima Vigésima Sexta Sesión Ordinaria del Consejo de Administración de AGROASEMEX, S.A., celebrada el 30 de octubre de 2020, se aprobó la actualización de las Bases Generales para el registro, afectación, disposición final y baja de bienes muebles de AGROASEMEX, S.A, de conformidad con lo establecido en el artículo 58, fracción VII de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.
Que se tiene la obligación de publicar en el Diario Oficial de la Federación los datos que permitan la identificación de las modificaciones o actualización de la norma señalada en el párrafo anterior, en cumplimiento a lo previsto en el último párrafo del artículo segundo del “Acuerdo por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración pública Federal, así como la Procuraduría General de la República a abstenerse de emitir regulación en las materias que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 10 de agosto de 2010 y reformado el 21 de agosto de 2012, he tenido a bien emitir el siguiente:
AVISO MEDIANTE EL CUAL SE INFORMA DE LA PUBLICACIÓN DE LAS POLÍTICAS, BASES Y
LINEAMIENTOS EN MATERIA DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS
MISMAS DE AGROASEMEX, S.A.
Denominación de la norma: Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas de AGROASEMEX, S.A.
Emisor: AGROASEMEX, S.A.
Fecha de emisión: 16 de octubre de 2020.
Materia correspondiente: Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas
Lugar de publicación: En la siguiente dirección electrónica: https://www.gob.mx/agroasemex/documentos/politicas-bases-y-lineamientos-en-materia-de-obras-publicas-y-servicios-relacionados-con-las-mismas-de-agroasemex-s-a?idiom=es y también en: www.dof.gob.mx/2020/SHCP/Pobalines_Obras_2020.pdf
Fundamento jurídico por el que se publica la norma: “Acuerdo por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como la Procuraduría General de la República a abstenerse de emitir regulación en las materias que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 10 de agosto de 2010, el cual fue reformado mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de agosto de 2012.
Datos de identificación de la norma respectiva: Normatividad Interna.