SECRETARÍA DE SALUD
Convenio Modificatorio al Convenio de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios para el desarrollo de acciones correspondientes a la Vertiente 2 del Programa Atención a la Salud y Medicamentos Gratuitos para la Población sin Seguridad Social Laboral para el ejercicio fiscal 2020, que celebran el Instituto de Salud para el Bienestar y el Estado de Chiapas, Morelos, Quintana Roo y San Luis Potosí.
ANTECEDENTES
I. El 18 de marzo de 2020, “LAS PARTES” celebraron un Convenio Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el Carácter de Subsidios para el Desarrollo de Acciones Correspondientes a la Vertiente 2 del Programa “Atención a la Salud y Medicamentos Gratuitos para la Población sin Seguridad Social Laboral para el ejercicio fiscal 2020”, con el objeto de establecer los compromisos entre “LAS PARTES” para que el “INSABI” transfiera a “LA ENTIDAD” recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios, a efecto de que ésta última los destine a la ejecución de la vertiente 2 del PROGRAMA en el Estado de Chiapas, instrumento jurídico que en lo sucesivo se denominará “CONVENIO DE COLABORACIÓN”.
II. En la Cláusula DÉCIMA SEGUNDA. VIGENCIA, del “CONVENIO DE COLABORACIÓN” se estipuló que éste surtiría efectos a partir de la fecha de su suscripción y tendría vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020, sin perjuicio de las acciones de comprobación del ejercicio del gasto que se realicen con posterioridad en los términos convenidos en el mismo y de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.
III. Conforme a la Cláusula DÉCIMA TERCERA. MODIFICACIONES del “CONVENIO DE COLABORACIÓN” éste podrá modificarse de común acuerdo de “LAS PARTES”, mediante la formalización del Convenio Modificatorio respectivo. Las modificaciones al “CONVENIO DE COLABORACIÓN”, obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de “LA ENTIDAD”.
IV. En la Cláusula VIGÉSIMA. ANEXOS, “LAS PARTES”, reconocieron como parte integrante del “CONVENIO DE COLABORACIÓN” entre otros; el Anexos 3, que tendrá la misma fuerza legal que el “CONVENIO DE COLABORACIÓN”.
V. Que ha solicitud y justificación de “LA ENTIDAD”, mediante oficio ISA/DIS/SIS/DGA/5003/08531/2020, requirió la modificación de la distribución del gasto que refiere el Anexo 3 del “CONVENIO DE COLABORACIÓN”, para quedar en los términos del ANEXO ÚNICO, que forma parte integrante de este instrumento jurídico, indicando llevar a cabo las siguientes acciones:
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Algunas variables pueden modificarse de acuerdo al estado al que corresponde el artículo, para seguir leyendo dar ‘clic’ en el enlace correspondiente:
Chiapas. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5610013&fecha=19/01/2021
Morelos. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5610014&fecha=19/01/2021
Quintana Roo. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5610015&fecha=19/01/2021
San Luis Potosí. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5610016&fecha=19/01/2021