SECRETARIA DE CULTURA

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Acuerdo por el que se señalan los días en los que el Instituto Nacional del Derecho de Autor suspenderá el servicio de atención al público en el año 2021.

PRIMERO.- El Instituto Nacional del Derecho de Autor suspenderá el servicio de atención al público durante el año 2021, además de los sábados y domingos, los días que a continuación se señalan.

1 de febrero;

15 de marzo;

1° y 2 de abril;

5 de mayo;

19 al 30 de julio;

16 de septiembre; y

2 y 15 de noviembre.

SEGUNDO.- Los días señalados en el apartado PRIMERO se computarán como inhábiles para todos los efectos a que haya lugar, lo anterior en términos de lo dispuesto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

TERCERO.- El presente Acuerdo no implica la suspensión de labores para el personal del Instituto Nacional del Derecho de Autor. Dicha suspensión se regirá de conformidad con las disposiciones legales aplicables.

CUARTO.- En el transcurso del año 2021, el Instituto Nacional del Derecho de Autor podrá emitir, con fundamento en las disposiciones legales y administrativas aplicables, acuerdos adicionales mediante los cuales dé a conocer la suspensión del servicio de atención al público.

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Ciudad de México, a 4 de enero de 2021.- El Encargado del Despacho del Instituto Nacional del Derecho de Autor, Marco Antonio Morales Montes.- Rúbrica.

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