CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL

CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL

Convocatoria al segundo concurso abierto de oposición para la designación de jueces de Distrito especializados en materia de trabajo.

CONVOCATORIA

BASES

Primera. Definiciones. Para los efectos de esta Convocatoria se entenderá por:

I. “Acuerdo General”: Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece el procedimiento y Lineamientos Generales para acceder al cargo de Juez de Distrito Especializado en Materia de Trabajo mediante Concursos Abiertos de Oposición, publicado en el Diario Oficial de la Federación el cinco de junio de dos mil veinte.
II. “Comisión”: Comisión de Carrera Judicial.
III. “Comité Académico”: Comité de la Escuela Federal de Formación Judicial, a que se refiere el artículo 93 de la Ley.
IV. “Comité Técnico”: Comité del concurso a que se refiere el artículo 116 de la Ley.
V. “Concurso”: Concurso Abierto de Oposición para la designación de Jueces de Distrito Especializados en Materia de Trabajo.
VI. “Consejo”: Consejo de la Judicatura Federal.
VII. “Constitución”: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VIII. “Corte”: Suprema Corte de Justicia de la Nación.
IX. “Curso”: Curso de inducción y especialización para el fortalecimiento y mejor desempeño de la función jurisdiccional.
X. “Discapacidad”: Aquella condición permanente que limita la capacidad de una persona para realizar las actividades esenciales de la vida diaria, que al interactuar con las barreras que le impone el entorno social, puede impedir su inclusión plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de circunstancias que las demás personas.
XI. “Escuela Judicial”: Escuela Federal de Formación Judicial.
Las referencias al “Instituto de la Judicatura Federal”, que se hacen en el Acuerdo General y demás documentos relacionados con el presente Concurso, se entenderán realizadas a la Escuela Federal de Formación Judicial, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto por el que se declara reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativos al Poder Judicial de la Federación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de 2021.

XII. “Juez”: Juez o jueza de Distrito Especializado en Materia de Trabajo.
XIII. “Jurado”: Jurado integrado en términos del artículo 117 de la Ley.
XIV. “Ley”: Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
XV. “Página web de la Escuela Judicial”: La página web de la Escuela Judicial (www.ijf.cjf.gob.mx).
XVI. “Pleno”: Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.
XVII. “Secretaría”: Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial.

Segunda. Fundamento del concurso. Se realizará en términos de lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece el procedimiento y Lineamientos Generales para acceder al cargo de Juez de Distrito Especializado en Materia de Trabajo mediante Concursos Abiertos de Oposición publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de junio de 2020.

Tercera. Categoría y número de plazas a concursar. El concurso se llevará a cabo para cubrir 50 plazas de juez, en las siguientes entidades federativas:

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