TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE
Acuerdo dictado por el Pleno del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, en sesión ordinaria de seis de mayo dos mil veintiuno, por el que se amplía el periodo de aplicación y vigencia de los lineamientos sanitarios en las Salas y Unidades Administrativas que integran este Órgano Colegiado, establecidos en el acuerdo de veintisiete de julio de dos mil veinte, así como su última adecuación de seis de abril de dos mil veintiuno.
ACUERDO:
ÚNICO. El Pleno del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje amplía el periodo de aplicación y vigencia de las medidas establecidas en los acuerdos de veintisiete de julio, y sus diversas adecuaciones, siendo la ultima el seis de abril de dos mil veintiuno, publicados en el Boletín Laboral Burocrático y en el Diario Oficial de la Federación posteriormente a su aprobación, hasta el treinta y uno de mayo de dos mil veintiuno; para los servidores públicos con discapacidad, mujeres embarazadas o en periodo de lactancia y personas con enfermedades crónicas consideradas de riesgo por las autoridades de salud, tales como obesidad mórbida, diabetes mellitus, hipertensión arterial, enfermedad pulmonar obstructiva crónica, asma, enfermedades cerebrovasculares, infección por VIH, enfermedad renal crónica, estados patológicos que requieren inmunosupresión y cáncer en tratamiento, sin embargo para aquellos que no se encuentren en ninguno de los supuestos citados, deberán acudir a su área de adscripción ante este Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, para presentarse a desempeñar sus labores, esto atendiendo, que será a partir del día siguiente hábil a la publicación del presente acuerdo. Lo anterior, en términos de lo expuesto y fundado en la parte considerativa de la presente resolución.
TRANSITORIOS:
PRIMERO. Publíquese en el Boletín Laboral Burocrático y el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. La ampliación y vigencia de las medidas sanitarias a que se refiere el presente acuerdo estarán sujetas a la evolución del semáforo epidemiológico en la Ciudad de México y, en su caso, en las disposiciones que ordene el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Salud o el Consejo de Salubridad General, permitan la reanudación de actividades al cien por ciento, sin riesgo para los trabajadores y público usuario.
Así lo acordó por U N A N I M I D A D de votos, el Pleno del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, en sesión celebrada en esta.- El Presidente del Tribunal.- El Secretario General de Acuerdos.- Doy fe.
EL SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE:
CERTIFICA :
Que este acuerdo mediante el cual, el Pleno del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje en sesión celebrada el seis de mayo de dos mil veintiuno, amplía el periodo de aplicación y vigencia de los lineamientos sanitarios en las Salas y Unidades Administrativas que integran este Órgano Colegiado, establecidos en el acuerdo de veintisiete de julio de dos mil veinte, así como su última adecuación de seis de abril de dos mil veintiuno, fue aprobado por unanimidad de votos de los Señores Magistrados: Plácido Humberto Morales Vázquez, Rufino H León Tovar, Eduardo Laris González, Ismael Cruz López, Salvador Oyanguren Guedea, José Luis Amador Morales Gutiérrez, José Roberto Córdova Becerril, Miguel Ángel Gutiérrez Cantú, Patricia Isabella Pedrero Duarte, Janitzio Ramón Guzmán Gutiérrez, Mario Emilio Garzón Chapa, Nicéforo Guerrero Reynoso, Humberto Cervantes Vega, Carlos Francisco Quintana Roldán, María de Rosario Jiménez Moles, Rocío Rojas Pérez, Alfredo Freyssinier Álvarez, Mónica Arcelia Güicho González, Pedro José Escarcega Delgado, Fernando Ignacio Tovar y de Teresa, Jorge Arturo Flores Ochoa, Eduardo Arturo Hernández Castillón, Israel Requena Palafox, Álan Eduardo González Zebadúa y Ángel Humberto Félix Estrada.- En la Ciudad de México, a los doce días del mes de mayo de dos mil veintiuno.- Doy fe.
El Secretario General de Acuerdos, José Amauri Martínez Gutiérrez.- Rúbrica.