Secretaría de Salud

SECRETARIA DE SALUD

Primer Convenio Modificatorio al Convenio de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios provenientes del Programa Nacional de Reconstrucción, que celebran la Secretaría de Salud y el Hospital General de México Dr. Eduardo Liceaga.

ANTECEDENTES

I. Con fecha 6 de abril de 2020, “LAS PARTES” celebraron el Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el Carácter de Subsidios Provenientes del Programa Nacional de Reconstrucción, cuyo objeto consiste en establecer las bases y mecanismos necesarios para la transferencia de recursos presupuestarios federales, por parte de “LA SECRETARIA” a “LA ENTIDAD”, para el funcionamiento y operación del Programa Nacional de Reconstrucción para el ejercicio fiscal 2020, en adelante PNR, a efecto de contribuir a proteger y garantizar el ejercicio del derecho a la salud mediante la ejecución de estudios y proyectos, rehabilitación, reconstrucción sustitución, reubicación o demolición de la infraestructura de salud o unidades médicas en municipios afectados por los sismos de 2017 y 2018; instrumento jurídico que en lo sucesivo se denominará “CONVENIO PRINCIPAL”.

II. En la Cláusula DÉCIMA SEGUNDA. VIGENCIA del “CONVENIO PRINCIPAL” se estipuló que éste surtiría efectos a partir de la fecha de su suscripción y tendría vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020.

III. El “CONVENIO PRINCIPAL” señala en su Cláusula DÉCIMA TERCERA. MODIFICACIONES AL CONVENIO ESPECÍFICO, que dicho instrumento jurídico podrá modificarse por acuerdo de “LAS PARTES”, mediante la formalización del Convenio Modificatorio respectivo, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables.

IV. De igual manera, la Cláusula DECIMA NOVENA; ANEXOS, señala que “LAS PARTES”, reconocen como partes integrantes del “CONVENIO PRINCIPAL” los ANEXOS 5 “DISTRIBUCIÓN DEL GASTO POR CAPÍTULO, CONCEPTO Y PARTIDA PRESUPUESTARIA”, 6 “APLICACIÓN DE ECONOMÍAS POR PARTIDA PRESUPUESTARIA” que tendrán la misma fuerza legal que el “CONVENIO PRINCIPAL” y serán actualizados conforme a las necesidades de “LAS PARTES”.

V. Por oficio número HGM-DG-465-20250, suscrito por la Directora del Hospital de México, de fecha 15 de octubre de 2020, dirigido al Director General de Planeación y Desarrollo en Salud, se solicitó realizar un cambio respecto del “CONVENIO PRINCIPAL”, consistente en cambiar las partidas presupuestales de los anexos 5 y 6.

VI. Así mismo, con base en lo concerniente a lo precisado en el oficio mencionado en el inciso que antecede, “LAS PARTES” consideran necesario modificar el “CONVENIO PRINCIPAL”.

DECLARACIONES

I. “LA SECRETARÍA” declara que:

I.1 Ratifica íntegramente el apartado de DECLARACIONES insertas en el “CONVENIO PRINCIPAL”, con excepción de la marcada con el numeral I.2, que se sustituye y la modificación al numeral I.3, para quedar de la siguiente forma:

I.2 El Dr. Alejandro Manuel Vargas García, con el carácter de Encargado del Despacho de la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, del que fue objeto a través de la designación que le formulara el Dr. Jorge Carlos Alcocer Varela, Secretario de Salud, mediante oficio SS-000365, de 15 de junio de 2020, suscribe el presente Convenio Específico de Colaboración, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 2, apartado A, fracción I; 8, fracción XVI, y 9, fracciones II, IV, VIII, IX y X, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, quien acredita su cargo mediante designación del 15 de junio del año en curso, expedido por el Dr. Jorge Carlos Alcocer Varela, Secretario de Salud.

I.3 El Dr. Alejandro Manuel Vargas García, en su carácter de Director General de Planeación y Desarrollo en Salud, suscribe el presente Convenio Específico de Colaboración, en términos de los artículos 16, fracción XIII y 25, fracciones I, III V y VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, quien acredita su cargo con el nombramiento que le fue expedido el 01 de diciembre de 2018, por el Dr. Jorge Carlos Alcocer Varela, Secretario de Salud.

Asimismo, al efecto, cuenta con el acuerdo favorable del Titular de la Unidad de Análisis Económico de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo establecido en la fracción XIII del artículo 16 del citado ordenamiento y lo dispuesto en el Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de agosto de 2020.

“LA ENTIDAD” declara que:

II.1 Ratifica íntegramente el apartado de DECLARACIONES, insertas en el “CONVENIO PRINCIPAL”.

II. “LAS PARTES” declaran que:

III.1 Se reconocen mutuamente el carácter y las facultades con las que comparecen a la celebración del presente instrumento.

III.2 Están de acuerdo en la celebración del presente Convenio Modificatorio de conformidad con los términos y condiciones que se estipulan en el mismo, al tenor de las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA. El presente instrumento tiene por objeto modificar los ANEXOS 5 “DISTRIBUCIÓN DEL GASTO POR CAPÍTULO, CONCEPTO Y PARTIDA PRESUPUESTARIA”, 6 “APLICACIÓN DE ECONOMÍAS POR PARTIDA PRESUPUESTARIA” del “CONVENIO PRINCIPAL”, señalado en la cláusula “DÉCIMA NOVENA. ANEXOS”, para quedar de la siguiente forma:

Dichos ANEXOS 5, y 6 modificados se adjuntan al presente instrumento y forman parte integrante del “CONVENIO PRINCIPAL”.

SEGUNDA. “LAS PARTES” acuerdan que, salvo por lo expresamente estipulado en el presente instrumento jurídico, todas las demás obligaciones del “CONVENIO PRINCIPAL” deberán permanecer sin cambio alguno, por lo que reconocen y ratifican la plena vigencia del “CONVENIO PRINCIPAL”.

CUARTA. “LAS PARTES” acuerdan que el presente Convenio Modificatorio surtirá efectos a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2020.

Leído que fue el presente Convenio Modificatorio, estando debidamente enteradas las partes de su contenido y alcance legal, lo firman por cuadruplicado, en la Ciudad de México, a los dieciséis días del mes de octubre de dos mil veinte.- Por la Secretaría: el Encargado del Despacho de la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud y Director General de Planeación y Desarrollo en Salud, Alejandro Manuel Vargas García.- Rúbrica.- Por el Organismo: la Directora General del Hospital General de México, Dr. Eduardo Liceaga, Guadalupe Mercedes Lucía Guerrero Avendaño.- Rúbrica.

ANEXO 5

DISTRIBUCIÓN DEL GASTO POR CAPÍTULO, CONCEPTO Y PARTIDA PRESUPUESTARIA

El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración para el Traspaso de Recursos Presupuestarios Federales, para la operación del Programa Nacional de Reconstrucción, por la cantidad de $74,171,393.00 (setenta y cuatro millones ciento setenta y un mil trescientos noventa y tres de pesos 00/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Hospital General de México, “Dr. Eduardo Liceaga”, representado por conducto de la Directora General, Dra. Guadalupe Mercedes Lucía Guerrero Avendaño.

Primer Convenio Modificatorio al Convenio de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios provenientes del Programa Nacional de Reconstrucción, que celebran la Secretaría de Salud y el Hospital Juárez de México.

ANTECEDENTES

I. Con fecha 6 de abril de 2020, “LAS PARTES” celebraron el Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el Carácter de Subsidios Provenientes del Programa Nacional de Reconstrucción, cuyo objeto consiste en establecer las bases y mecanismos necesarios para la transferencia de recursos presupuestarios federales, por parte de “LA SECRETARIA” a “LA ENTIDAD”, para el funcionamiento y operación del Programa Nacional de Reconstrucción para el ejercicio fiscal 2020, en adelante PNR, a efecto de contribuir a proteger y garantizar el ejercicio del derecho a la salud mediante la ejecución de estudios y proyectos, rehabilitación, reconstrucción sustitución, reubicación o demolición de la infraestructura de salud o unidades médicas en municipios afectados por los sismos de 2017 y 2018; instrumento jurídico que en lo sucesivo se denominará “CONVENIO PRINCIPAL”.

II. En la Cláusula DÉCIMA SEGUNDA. VIGENCIA del “CONVENIO PRINCIPAL” se estipuló que éste surtiría efectos a partir de la fecha de su suscripción y tendría vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020.

III. El “CONVENIO PRINCIPAL” señala en su Cláusula DÉCIMA TERCERA. MODIFICACIONES AL CONVENIO ESPECÍFICO, que dicho instrumento jurídico podrá modificarse por acuerdo de “LAS PARTES”, mediante la formalización del Convenio Modificatorio respectivo, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables.

IV. De igual manera, la Cláusula DECIMA NOVENA; ANEXOS, señala que “LAS PARTES”, reconocen como partes integrantes del “CONVENIO PRINCIPAL” los ANEXOS 5 “DISTRIBUCIÓN DEL GASTO POR CAPÍTULO, CONCEPTO Y PARTIDA PRESUPUESTARIA”, 6 “APLICACIÓN DE ECONOMÍAS POR PARTIDA PRESUPUESTARIA” que tendrán la misma fuerza legal que el “CONVENIO PRINCIPAL” y serán actualizados conforme a las necesidades de “LAS PARTES”.

V. Por oficio número DA/SRF/0645/2020, suscrito por el Director General del Hospital Juárez de México, de fecha 15 de julio de 2020, dirigido al Director General de Planeación y Desarrollo en Salud, se solicitó realizar un cambio respecto del “CONVENIO PRINCIPAL”, consistente en cambiar la partida presupuestal 62905 “”Servicios Relacionados con Obra Pública”, por la partida 33201 “Servicios de diseño, arquitectura, ingeniería y actividades relacionadas” toda vez que fue informado por parte de la Dirección de Gestión Presupuestal perteneciente a la Dirección General de Programación y presupuesto /DGPyP), que para poder ejercer los recursos en la partida del Capítulo 6000, es necesario contar con un registro en la Cartera de Inversión de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, esto hace necesario el cambio ya que no se podría obtener en corto tiempo dicho registro.

VI. Así mismo, con base en lo informado al pleno de la Comisión Intersecretarial para la Reconstrucción (CIR) en su Quinta Sesión Ordinaria, celebrada el 23 de julio del presente año, en la que se aprobó de manera unánime el Acuerdo CIR/Acuerdo/05/2020-008, relativo al cambio que se formuló a diversos Convenios suscritos, entre el que se encuentra el celebrado con el Hospital Juárez de México, concerniente a lo precisado en el oficio mencionado en el inciso que antecede, “LAS PARTES” consideran necesario modificar el “CONVENIO PRINCIPAL”.

DECLARACIONES

I. “LA SECRETARÍA” declara que:

I.1 Ratifica íntegramente el apartado de DECLARACIONES insertas en el “CONVENIO PRINCIPAL”, con excepción de la marcada con el numeral I.2, que se sustituye y la modificación al numeral I.3, para quedar de la siguiente forma:

I.2 El Dr. Alejandro Manuel Vargas García, con el carácter de Encargado del Despacho de la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, del que fue objeto a través de la designación que le formulara el Dr. Jorge Carlos Alcocer Varela, Secretario de Salud, mediante oficio SS-000365, de 15 de junio de 2020, suscribe el presente Convenio Específico de Colaboración, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 2, apartado A, fracción I; 8, fracción XVI, y 9, fracciones II, IV, VIII, IX y X, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, quien acredita su cargo mediante designación del 15 de junio del año en curso, expedido por el Dr. Jorge Carlos Alcocer Varela, Secretario de Salud.

I.3 El Dr. Alejandro Manuel Vargas García, en su carácter de Director General de Planeación y Desarrollo en Salud, suscribe el presente Convenio Específico de Colaboración, en términos de los artículos 16, fracción XIII y 25, fracciones I, III V y VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, quien acredita su cargo con el nombramiento que le fue expedido el 01 de diciembre de 2018, por el Dr. Jorge Carlos Alcocer Varela, Secretario de Salud.

Asimismo, al efecto, cuenta con el acuerdo favorable del Titular de la Unidad de Análisis Económico de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo establecido en la fracción XIII del artículo 16 del citado ordenamiento y lo dispuesto en el Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de agosto de 2020.

“LA ENTIDAD” declara que:

II.1 Ratifica íntegramente el apartado de DECLARACIONES, insertas en el “CONVENIO PRINCIPAL”.

II. “LAS PARTES” declaran que:

III.1 Se reconocen mutuamente el carácter y las facultades con las que comparecen a la celebración del presente instrumento.

III.2 Están de acuerdo en la celebración del presente Convenio Modificatorio de conformidad con los términos y condiciones que se estipulan en el mismo, al tenor de las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA. El presente instrumento tiene por objeto modificar los ANEXOS 5 “DISTRIBUCIÓN DEL GASTO POR CAPÍTULO, CONCEPTO Y PARTIDA PRESUPUESTARIA”, 6 “APLICACIÓN DE ECONOMÍAS POR PARTIDA PRESUPUESTARIA” del “CONVENIO PRINCIPAL”, señalado en la cláusula “DÉCIMA NOVENA. ANEXOS”, para quedar de la siguiente forma:

Dichos ANEXOS 5, y 6 modificados se adjuntan al presente instrumento y forman parte integrante del “CONVENIO PRINCIPAL”.

SEGUNDA. “LAS PARTES” acuerdan que, salvo por lo expresamente estipulado en el presente instrumento jurídico, todas las demás obligaciones del “CONVENIO PRINCIPAL” deberán permanecer sin cambio alguno, por lo que reconocen y ratifican la plena vigencia del “CONVENIO PRINCIPAL”.

CUARTA. “LAS PARTES” acuerdan que el presente Convenio Modificatorio surtirá efectos a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2020.

Leído que fue el presente Convenio Modificatorio, estando debidamente enteradas las partes de su contenido y alcance legal, lo firman por cuadruplicado, en la Ciudad de México, a los quince días del mes de septiembre de dos mil veinte.- Por la Secretaría: el Encargado del Despacho de la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud y Director General de Planeación y Desarrollo en Salud, Alejandro Manuel Vargas García.- Rúbrica.- Por el Organismo: el Director General, Martín Antonio Manrique.- Rúbrica.- El Director Médico, Gustavo Esteban Lugo Zamudio.- Rúbrica.- El Director de Administración, Miguel Angel Torres Vargas.- Rúbrica.

ANEXO 

DISTRIBUCIÓN DEL GASTO POR CAPÍTULO, CONCEPTO Y PARTIDA PRESUPUESTARIA

Nota: Los recursos presupuestarios traspasados podrán ser ejercidos en cualquiera de las acciones señaladas en el anexo 1.1 de este Convenio y, en su caso, las economías derivadas de este traspaso podrán ser aplicados a las partidas presupuestarias señaladas en el anexo 6.

El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración para el Traspaso de Recursos Presupuestarios Federales, para la operación del Programa Nacional de Reconstrucción, por la cantidad de $2,111,200.00 (Dos Millones Ciento Once Mil Doscientos pesos 00/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Hospital Juárez de México representado por conducto del Dr. Martín Antonio Manrique, en su carácter de Director General, asistido por el Dr. Gustavo Esteban Lugo Zamudio, Director Médico, y por el Lic. Miguel Ángel Torres Vargas, Director de Administración.

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