CONAFOR

COMISION NACIONAL FORESTAL

Acuerdo por el que se emite la Convocatoria Específica para la solicitud y asignación de apoyos de los Componentes I. Manejo Forestal Comunitario y Cadenas de Valor (MFCCV) y II. Plantaciones Forestales Comerciales y Sistemas Agroforestales (PFC) del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2021 en el Estado de Chiapas.

La Comisión Nacional Forestal, a través del Director General, León Jorge Castaños Martínez, con fundamento en los artículos 9 fracción I, del Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional Forestal, publicado el 30 de abril de 2021 en el Diario Oficial de la Federación; 17, 27 fracción VI, 37 y 41 fracción I, de las Reglas de Operación del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2021 publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2020; y, 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Considerando que el artículo 37 de las Reglas de Operación del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2021, en lo sucesivo Reglas de Operación 2021, establece que la Comisión Nacional Forestal, en lo sucesivo CONAFOR, podrá celebrar convenios de coordinación y colaboración para que los recursos federales que derivan de esas Reglas puedan ser potenciados con aportaciones de las Entidades Federativas, los Municipios, organismos internacionales, gobiernos extranjeros e iniciativa privada, para que participen en la suma recursos financieros, materiales, humanos y operativos para cumplir con los objetivos de estas Reglas, entre otras actividades previstas en la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

Que con fecha 26 de marzo de 2021, la CONAFOR y el Estado libre y soberano de Chiapas a través de la Secretaría de Medio Ambiente e Historia Natural, firmaron el Convenio Específico de Coordinación 01/2021, para coordinar acciones y recursos que favorezcan e impulsen las actividades productivas, de conservación, protección y restauración en materia forestal en dicha Entidad y con objeto de establecer las actividades que deberán ejecutarse, así como la cantidad de recursos económicos que se destinarán a dichas actividades, tengo a bien emitir el siguiente cuerdo por el que se emite la convocatoria especifica para la solicitud y asignación de apoyos de componentes I. MANEJO FORESTAL COMUNITARIO Y CADENAS DE VALOR (MFCCV) Y II. PLANTACIONES FORESTALES COMERCIALES Y SISTEMAS
AGROFORESTALES (PFC) DEL PROGRAMA APOYOS PARA EL DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE 2021 EN EL ESTADO DE CHIAPAS:

1. Personas solicitantes: Son elegibles para obtener apoyos del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2021, las personas físicas y morales que cumplan con los criterios de elegibilidad, los requisitos, y demás disposiciones relativas para solicitar apoyos, señaladas en las Reglas de Operación 2021 y sus Anexos.

2. Apoyos a solicitar: Las personas interesadas ubicadas dentro de las áreas elegibles definidas por la CONAFOR para el Estado de Chiapas y publicadas en su página de internet, podrán solicitar apoyos de los siguientes componentes, conceptos y modalidades de apoyo:

Se podrán proponer densidades mínimas diferentes a las indicadas, para lo que se deberá adjuntar a la solicitud de apoyos una justificación técnica detallada y documentada sobre la densidad propuesta y la CONAFOR determinará su factibilidad. Asimismo, cuando se proponga mezcla de especies, se considerará el monto de apoyo menor de acuerdo con el objetivo de plantación que corresponda.

Para los conceptos de apoyo PFC.1 y PFC.3, serán elegibles las siguientes especies, y tendrán los siguientes montos de apoyo:

3. Plazos para la recepción y asignación de apoyos: Las personas interesadas deberán presentar sus solicitudes y los requisitos para solicitar apoyos, conforme a lo dispuesto en los artículos 18 y 19 de las Reglas de Operación 2021 y sus Anexos, en las plazos siguientes:

5. Recepción de solicitudes: La recepción de solicitudes inicia a partir del día hábil siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación, conforme a lo establecido en el artículo 19, 20 y 21 de las Reglas de Operación 2021. En caso de optar por el registro presencial, las solicitudes y documentos de los interesados se recibirán en las oficinas de la CONAFOR en Chiapas, de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 15:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas en días hábiles. El cumplimiento de los requisitos no garantiza que la persona solicitante resulte beneficiaria, ni generará derechos adquiridos para la obtención del apoyo solicitado, en tanto que únicamente se encuentra acreditando el cumplimiento de aquellos como parte del procedimiento establecido para el otorgamiento de recursos. En caso de existir recursos disponibles después de la asignación de apoyos, la CONAFOR podrá publicar en su página de internet, más convocatorias para la asignación de los recursos, de acuerdo con lo señalado en el artículo 17 de las Reglas de Operación 2021.

6. Selección, dictamen, asignación de apoyos y publicación de resultados: La selección, dictamen, asignación de apoyos y publicación de resultados se realizará conforme a lo establecido en los artículos 22 y 23 de las Reglas de Operación 2021, así como las demás disposiciones que resulten aplicables al Componente II. Plantaciones Forestales Comerciales y Sistemas Agroforestales. Los apoyos podrán otorgarse en forma indistinta con recursos de la CONAFOR o del Gobierno del Estado de Chiapas. Los apoyos que se otorguen con recursos del Gobierno del Estado de Chiapas con motivo de la presente convocatoria, serán entregados de conformidad con lo establecido en las Reglas de Operación del Fideicomiso Público de Administración e Inversión denominado Fondo Estatal Ambiental. De conformidad con el artículo 11 de las Reglas de Operación 2021, los recursos de la presente convocatoria se asignarán de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de la CONAFOR o del Gobierno del Estado de Chiapas.

7. Formalización de apoyos: Las personas que resulten con asignación de apoyos deberán suscribir un convenio de concertación con la CONAFOR, en los términos establecidos en el artículo 24 de las Reglas de Operación 2021.

8. Observancia de las Reglas de Operación 2021 y sus Anexos: La presente convocatoria, las Reglas de Operación 2021 y sus Anexos son de observancia obligatoria, por lo que una vez que la persona interesada ingrese su solicitud, se entenderá que conoce el contenido total de las mismas, su alcance jurídico y administrativo; en consecuencia, no se admitirá incumplimiento a las disposiciones y obligaciones ahí contenidas, alegando su desconocimiento.

9. Quejas y denuncias: Cualquier persona podrá presentar quejas y denuncias por presuntas faltas administrativas, derivadas de la indebida aplicación de la presente Convocatoria y su instrumento regulatorio, ante cualquiera de las instancias sealadas en el artículo 43 de las Reglas de Operación 2021.

“Los apoyos de la CONAFOR son de carácter público, no son patrocinados ni promovidos por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de estos apoyos con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de estos apoyos deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante autoridad competente. Estos apoyos están financiados con recursos públicos aprobados por la Cámara de Diputados y queda prohibido su uso para fines partidistas, electorales o de promoción personal de los funcionarios”.

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