Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana

SECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION CIUDADANA

LIC. LAURA VELÁZQUEZ ALZÚA, Coordinadora Nacional de Protección Civil, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 26 y 30 Bis fracción XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 19 fracción XI, 21, 58, 59, 61 y 62 de la Ley General de Protección Civil; 102 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil; 22 fracciones II, V, XX y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; 1, 5 y 7 fracción II incisos b), c) y d), 11, 12 y 15 del “Acuerdo que establece los Lineamientos del Programa para la Atención de Emergencias por Amenazas Naturales” -LINEAMIENTOS- (DOF.-16-VIII-2021), y

CONSIDERANDO

Que mediante oficio número 1985/2021, de fecha 14 de octubre de 2021 suscrito por el Gobernador Constitucional del Estado de Sinaloa, C. Quirino Ordaz Coppel, y “Acta de Sesión Extraordinaria del Consejo Estatal de Protección Civil de Sinaloa, con motivo de la amenaza del huracán Pamela”, de fecha 12 de octubre de 2021, se solicitó a la Coordinación Nacional de Protección Civil (CNPC) la emisión de la Declaratoria de Emergencia para los municipios de Ahome, Mazatlán, Rosario y Escuinapa de esa Entidad Federativa, por la presencia de Huracán “Pamela” durante los días 12 al 13 de octubre de 2021; ello, con el propósito de acceder a los recursos del Programa para la Atención de Emergencias por Amenazas Naturales.

Que mediante oficio número SSPC/SPPPCCP/CNPC/01095/2021 de fecha 14 de octubre de 2021, la CNPC solicitó a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) el Dictamen Técnico correspondiente para, en su caso, emitir la Declaratoria de Emergencia para los municipios del Estado de Sinaloa señalados en el oficio número 1985/2021 referido en el párrafo inmediato anterior.

Que mediante oficio número B00.8.-264, de fecha 15 de octubre de 2021, la CONAGUA emitió el Dictamen Técnico correspondiente, corroborando el fenómeno de Huracán “Pamela” (lluvia severa y vientos fuertes) los días 12 y 13 de octubre de 2021, de la siguiente manera: para el municipio de Mazatlán, por lluvia severa el 12 de octubre de 2021 y vientos fuertes el 13 de octubre de 2021; por lluvia severa el 12 de octubre de 2021, para los municipios de Ahome, Rosario y Escuinapa, todos del Estado de Sinaloa.

Que el 15 de octubre de 2021 se emitió el Boletín de Prensa número BDE-061-2021, mediante el cual se dio a conocer que la CNPC emite una Declaratoria de Emergencia por la ocurrencia del Huracán “Pamela” (lluvia severa y vientos fuertes) los días 12 y 13 de octubre de 2021, de la siguiente manera: para el municipio de Mazatlán, por lluvia severa el 12 de octubre de 2021 y vientos fuertes el 13 de octubre de 2021; y por lluvia severa el 12 de octubre de 2021, para los municipios de Ahome, Rosario y Escuinapa, todos del Estado de Sinaloa.

Con base en lo anterior se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:

DECLARATORIA DE EMERGENCIA POR LA OCURRENCIA DE HURACÁN “PAMELA” (LLUVIA
SEVERA Y VIENTOS FUERTES) LOS DÍAS 12 Y 13 DE OCTUBRE DE 2021 PARA 4 MUNICIPIOS DEL
ESTADO DE SINALOA

Artículo 1o.- Se declara en emergencia por la ocurrencia del Huracán “Pamela” (lluvia severa y vientos fuertes) los días 12 y 13 de octubre de 2021, de la siguiente manera: para el municipio de Mazatlán, por lluvia severa el 12 de octubre de 2021 y vientos fuertes el 13 de octubre de 2021; y por lluvia severa el 12 de octubre de 2021, para los municipios de Ahome, Rosario y Escuinapa, todos del Estado de Sinaloa.

Artículo 2o.- La presente se expide para que el Estado de Sinaloa pueda acceder a los recursos del Programa para la Atención de Emergencias por Amenazas Naturales.

Artículo 3o.- La determinación de los apoyos a otorgar se hará en los términos de los LINEAMIENTOS y con base en las necesidades prioritarias e inmediatas de la población para salvaguardar su vida y su salud.

Artículo 4o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 15 último párrafo de los LINEAMIENTOS.

Ciudad de México, a quince de octubre de dos mil veintiuno.- Coordinadora Nacional de Protección Civil,

Lic. Laura Velázquez Alzúa.- Rúbrica.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *