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INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES


NADINE FLORA GASMAN ZYLBERMANN, Presidenta del Instituto Nacional de las Mujeres, en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 22, fracción I; 59, fracciones I, V y XIV, y 61 fracción II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 16, fracciones II, III y XVII de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres; 24, fracción XII, del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de las Mujeres, y en el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos Generales para la Integración y Funcionamiento de los Comités de Ética, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2020; y

CONSIDERANDO

Que el propósito del Código de Conducta es contribuir a la dignificación social del servicio público y al mismo tiempo permitir a las personas servidoras públicas conocer los parámetros generales de valoración y actuación respecto al comportamiento que se aspira en el ejercicio de su empleo, cargo o comisión, a fin de promover un gobierno transparente, íntegro, que promueva la igualdad y no discriminación y que sea cercano a la ciudadanía, he tenido a bien expedir el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA PÁGINA ELECTRÓNICA EN LA QUE PUEDE SER
CONSULTADO POR EL PÚBLICO EN GENERAL EL CÓDIGO DE CONDUCTA DEL INSTITUTO
NACIONAL DE LAS MUJERES (INMUJERES)

PRIMERO.- Con el objeto de que las personas servidoras públicas del INMUJERES y el público en general, puedan consultar el Código de Conducta del INMUJERES, se hace de su conocimiento que se encuentra disponible en las páginas electrónicas: http://intranet.inmujeres.gob.mx/ y www.dof.gob.mx/2021/INMUJERES/codigo_de_conducta_2021.pdf

SEGUNDO.- De forma adicional, dicho Código de Conducta puede ser consultado de manera física en las oficinas que ocupa la Unidad de Administración y Finanzas del INMUJERES, sita en Av. Barranca del Muerto 209, San José Insurgentes, Benito Juárez, Ciudad de México, C.P. 03900, y en la Normateca del INMUJERES.

TERCERO.- El Código de Conducta del INMUJERES es de observancia obligatoria para todas las personas que desempeñen un empleo, cargo, comisión en el INMUJERES, por lo que deberán conocer su alcance y actuar de conformidad con su contenido.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Código de Conducta entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- Queda abrogado el Código de Conducta del Instituto Nacional de las Mujeres dado a conocer mediante aviso publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de julio de 2018.

TERCERO.- Queda derogada cualquier otra disposición interna que vaya en contra de lo aquí dispuesto.

Ciudad de México, a 25 de agosto de 2021.- Presidenta del Instituto Nacional de las Mujeres, la Doctora Nadine Flora Gasman Zylbermann.- Rúbrica.

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