SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO


Asunto:    Se modifican los términos de la autorización para operar de esa unión de crédito.

UNIÓN DE CRÉDITO DE PUERTO VALLARTA, S.A. DE C.V.

GUATEMALA NO. 323, COL. 5 DE DICIEMBRE

C.P. 48350, PUERTO VALLARTA, JALISCO.

AT´N.: ING. BERNARDO CRUZ MUÑOZ RÍOS.

DIRECTOR GENERAL.

Con fundamento en el artículo 14, cuarto párrafo de la Ley de Uniones de Crédito y con motivo de la reforma a la cláusula séptima de sus estatutos sociales, acordada en la asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada el 22 de abril de 2021, esta Comisión modifica el término Segundo, fracción II de la autorización para operar que le fue otorgada mediante oficio 601-II-DA-b-53906 de fecha 23 de noviembre de 1993, para quedar como sigue:

“SEGUNDO. –………………………………………………………………………………………

I.-……………………………………………………………………………………………………..

II.- El capital social autorizado asciende a la cantidad de $100’000,000.00 (cien millones de pesos 00/100 M.N.), integrado por 100,000 (cien mil) acciones con un valor nominal de $1,000.00 (un mil pesos 00/100 M.N.) cada una. El capital se divide en dos series de acciones: la Serie “A” corresponde al capital fijo sin derecho a retiro y está integrada por 90,000 (noventa mil) acciones equivalentes a un importe de $90’000,000.00 (noventa millones de pesos 00/100 M.N.). La Serie “B” representa el capital variable con derecho a retiro y está integrada por 10,000 (diez mil) acciones equivalentes a un importe de $10’000,000.00 (diez millones de pesos 00/100 M.N.).

III.- ……………………………………………………………………………………………………..”

Atentamente

Ciudad de México, 23 de noviembre de 2021.- Director General de Autorizaciones Especializadas, Mtro. Luis Bartolini Esparza.- Rúbrica.

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