CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Con fundamento en los artículos 59, fracciones I, V y XIV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 28 de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo; y 1 y 9, fracciones I y XVII de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, se expide el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS DÍAS INHÁBILES Y LA SUSPENSIÓN DE LABORES
DEL AÑO 2022, EN EL CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
PRIMERO.- Se consideran días hábiles todos los días del año, salvo los sábados y domingos, así como aquellos en los que, conforme al calendario se suspendan labores en el Conacyt.
SEGUNDO.- Se suspenden las labores en el Conacyt, los siguientes días:
2022
FEBRERO | lunes 7, en conmemoración del día 5 de febrero por la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. |
MARZO | lunes 21, en conmemoración del día 21 de marzo por el Natalicio de Benito Juárez García. |
ABRIL | jueves 14 y viernes 15. |
MAYO | jueves 5, en conmemoración de la Batalla de Puebla. |
SEPTIEMBRE | viernes 16, en conmemoración de la Independencia de México. |
NOVIEMBRE | miércoles 2, en conmemoración Día de Muertos y el lunes 21 en conmemoración del 20 de noviembre por el inicio de la Revolución Mexicana. |
TERCERO.- Los días de suspensión de labores correspondientes al segundo periodo vacacional 2022, se darán a conocer en términos del artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y tomando como base el periodo vacacional que determina la Secretaría de Educación Pública para el ciclo lectivo 2022-2023.
TRANSITORIOS
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Atentamente
Ciudad de México, a 10 de enero de 2022.- Directora General del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, Dra. María Elena Álvarez-Buylla Roces.- Rúbrica.