TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN


ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA CREACIÓN DEL COMITÉ DE EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LAS MEDIDAS DE RACIONALIDAD Y AUSTERIDAD, ASÍ COMO DE LAS REGLAS DE SU INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO.

ANTECEDENTES

PRIMERO. Por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación del treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis, once de junio de mil novecientos noventa y nueve y trece de noviembre de dos mil siete, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que modificaron la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación.

SEGUNDO. El artículo 186 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación establece que la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Tribunal Electoral, estarán a cargo de la Comisión de Administración. El propio ordenamiento, en su numeral 190, fracciones III, IV y XXV faculta a dicho órgano para ejercer el presupuesto de egresos del citado Tribunal y expedir las normas en materia administrativa y establecer los criterios para modernizar las estructuras orgánicas, los sistemas y procedimientos administrativos internos; así como los servicios al público.

TERCERO. El ejercicio y la administración de los recursos públicos federales a disposición de los Poderes de la Unión, debe realizarse con base en criterios de legalidad, honestidad, austeridad, economía, racionalidad, eficacia, eficiencia, control, rendición de cuentas, transparencia y equidad de género.

CUARTO. Que la autonomía e independencia judicial constituyen características esenciales de la función judicial y se integran por los principios básicos de permanencia, estabilidad en el ejercicio del cargo, seguridad económica y la consagración de la carrera judicial, que a su vez favorecen que los jueces emitan sus decisiones con plena imparcialidad y en estricto apego a la normativa aplicable al caso, sin acatar o someterse a indicaciones, instrucciones, sugerencias, o insinuaciones de carácter externo o, incluso, de otros poderes del estado.

QUINTO. El diecinueve de noviembre de dos mil diecinueve fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal de Austeridad Republicana, cuyo artículo primero establece que el Poder Judicial de la Federación deberá tomar las acciones necesarias para implementar los parámetros en materia de austeridad referidos al ejercicio del gasto público federal y contribuir a que los recursos económicos de los que se dispongan se administren conforme a los citados principios constitucionales.

SEXTO. Con fecha quince de febrero de dos mil veintiuno, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Consejo de la Judicatura Federal y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación emitieron el Acuerdo General del Comité Coordinador para Homologar Criterios en Materia Administrativa e Interinstitucional del Poder Judicial de la Federación, que establece las medidas de racionalidad, austeridad, disciplina presupuestal y modernización de la gestión del PJF para el ejercicio fiscal dos mil veintiuno, publicado en el Diario Oficial de la Federación del veintiséis de febrero de 2021, el cual tiene por objeto establecer las medidas de contención del gasto, basadas en principios de racionalidad, austeridad, disciplina presupuestal y modernización de la gestión, para el ejercicio fiscal dos mil veintiuno en el Poder Judicial de la Federación, como órgano responsable de promover y evaluar las políticas y medidas de austeridad republicana, la Ley Federal de Austeridad Republicana en su artículo 27 dispuso la conformación de un Comité de Evaluación.

SÉPTIMO. En sesión celebrada el tres de mayo de dos mil veintiuno, el Comité Interinstitucional de Coordinación y Modernización Administrativa del Poder Judicial de la Federación, acordó que cada órgano del Poder Judicial de la Federación presente a sus instancias correspondientes, un diagnóstico sobre las medidas a aplicar en materia de austeridad republicana, así como la integración de un Comité de Evaluación, encargado de promover, evaluar y dar seguimiento, a través de los indicadores que cada órgano determine.

OCTAVO. En consecuencia, para apoyar la ejecución de políticas de austeridad republicana en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, así como continuar con la promoción de medidas que permitan generar ahorros para apoyar actividades prioritarias, se estima conveniente la creación de un órgano colegiado que evalúe y dé seguimiento a tales políticas y medidas en el ámbito interno de este Alto Tribunal.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en las disposiciones jurídicas señaladas, se expide el

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