SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

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Acuerdo 19/2022

Acuerdo por el que se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo fiscal, así como las
cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles
que se indican, correspondientes al periodo que se especifica.

KARINA RAMÍREZ ARRAS, Titular de la Unidad de Política de Ingresos no Tributarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por el artículo Primero del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2016 y sus posteriores modificaciones, se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles automotrices, correspondientes al periodo comprendido del 12 al 18 de febrero de 2022, mediante el siguiente

ACUERDO

Artículo Primero. Los porcentajes del estímulo fiscal para el periodo comprendido del 12 al 18 de febrero de 2022, aplicables a los combustibles automotrices son los siguientes:

CombustiblePorcentaje de Estímulo
Gasolina menor a 91 octanos100.00%
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y combustibles no fósiles83.49%
Diésel89.64%

Artículo Segundo. Los montos del estímulo fiscal para el periodo comprendido del 12 al 18 de febrero de 2022, aplicables a los combustibles automotrices son los siguientes:

CombustibleMonto del estímulo fiscal
(pesos/litro)
Gasolina menor a 91 octanos$5.4917
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y combustibles no fósiles$3.8719
Diésel$5.4101

Artículo Tercero. Las cuotas para el periodo comprendido del 12 al 18 de febrero de 2022, aplicables a los combustibles automotrices son las siguientes:

CombustibleCuota (pesos/litro)
Gasolina menor a 91 octanos$0.0000
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y combustibles no fósiles$0.7656
Diésel$0.6253

TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.Ciudad de México, a 10 de febrero de 2022.- Con fundamento en el artículo Primero, último párrafo del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, en suplencia del C. Subsecretario de Hacienda y Crédito Público, la Titular de la Unidad de Política de Ingresos No Tributarios, Karina Ramírez Arras.- Rúbrica.

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