SECRETARÍA DE BIENESTAR

SECRETARIA DE BIENESTAR

ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:

Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO

EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:

SE ADICIONA UNA FRACCIÓN X AL ARTÍCULO 5o. DE LA LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES.

Artículo Único.- Se adiciona una fracción X al artículo 5o. de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, para quedar como sigue:

Artículo 5o. …

I. a IX. …

X. De la información, plural, oportuna y accesible, la cual será garantizada por el Estado.

Transitorio

Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en elDiario Oficial de la Federación.

Ciudad de México, a 29 de marzo de 2022.- Dip. Sergio Carlos Gutiérrez Luna, Presidente.- Sen. Olga Sánchez Cordero Dávila, Presidenta.- Dip. Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel, Secretaria.- Sen. Verónica Noemí Camino Farjat, Secretaria.- Rúbricas.

En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 2 de mayo de 2022.- Andrés Manuel López Obrador.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Lic. Adán Augusto López Hernández.- Rúbrica.

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