SECRETARÍA DE SALUD
Nota Aclaratoria al Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán, publicado el 6 de marzo de 2020.
ARTÍCULO 31. La Dirección de Cirugía tendrá las siguientes funciones:
Dice:
FRACCIÓN II. Autorizar las intervenciones quirúrgicas programadas y de emergencia a los pacientes hospitalizados y a los referidos de Consulta Externa y Urgencias para el uso óptimo de las instalaciones en beneficio de los mismos;
Debe Decir:
FRACCIÓN II. Autorizar, coordinar y supervisar las intervenciones quirúrgicas programadas y de emergencia a los pacientes hospitalizados y a los referidos de Consulta Externa y Urgencias para el uso óptimo de las instalaciones en beneficio de los mismos;
TRANSITORIOS
Dice:
ARTÍCULO CUARTO: Las modificaciones a los artículos 30, 36, 41, 47 y 48, entrarán en vigor a partir de la fecha de autorización de la modificación de la estructura orgánica vigente, presentada en el acuerdo 10.7 de la segunda sesión ordinaria de la Junta de Gobierno del INCMNSZ
Debe Decir:
ARTÍCULO CUARTO: Las modificaciones a los artículos 30, 36, 38, 40, 41, 43, 44, 47 y 48, entrarán en vigor a partir de la fecha de autorización de la modificación de la estructura orgánica vigente, presentada en el acuerdo 10.7 de la segunda sesión ordinaria de la Junta de Gobierno del INCMNSZ
Emitida en México, Ciudad de México, a 26 de enero del dos mil veintiuno.- El Director General, Dr. David Kershenobich Stalnikowitz.- Rúbrica.





