Secretaría de comunicaciones y transportes

SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

CONSIDERANDO

Que al frente de cada Secretaría habrá un Secretario de Estado, quien, para el despacho de los asuntos de su competencia, se auxiliará por los Subsecretarios, Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, Jefes de Unidad, Directores, Subdirectores, Jefes de Departamento, y los demás funcionarios, en los términos que establezca el reglamento interior respectivo y otras disposiciones legales.

Que los Titulares de las Secretarías de Estado, para la mejor organización del trabajo podrán delegar facultades en los servidores públicos de la Secretaría.}

Que el 13 de marzo de 2020, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo delegatorio de facultades en favor del Coordinador de Proyectos y Programas Interinstitucionales de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes”.

Que con la finalidad de restablecer la organización del trabajo y en virtud de que los motivos que dieron origen al Acuerdo establecido en el párrafo anterior han sido cumplidos, se considera necesario dejarlo sin efectos, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE DEJA SIN EFECTOS EL ACUERDO DELEGATORIO DE FACULTADES EN
FAVOR DEL COORDINADOR DE PROYECTOS Y PROGRAMAS INTERINSTITUCIONALES DE LA
SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

ARTÍCULO ÚNICO. Se deja sin efectos el Acuerdo Delegatorio de facultades en favor del Coordinador de Proyectos y Programas Interinstitucionales de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de marzo de 2020.

TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO. Los asuntos que se encuentren en trámite del Coordinador de Proyectos y Programas Interinstitucionales a la entrada en vigor del presente Acuerdo serán transferidos y resueltos por la Dirección General de Desarrollo Carretero, cuyo titular asumirá de manera plena y directa las atribuciones que de conformidad con el Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes le corresponden.

TERCERO. Dentro de los treinta días naturales a la entrada en vigor del presente Acuerdo, el Coordinador de Proyectos y Programas Interinstitucionales, deberá rendir un informe de actividades al Subsecretario de Infraestructura, respecto del ejercicio de las facultades que le fueron delegadas con el Acuerdo que se deja sin efectos.

CUARTO. Se dejan sin efecto los oficios 5.0.-097/2020 y 1.-315 de fechas 23 de abril del 2020 y 29 de abril del 2021, respectivamente, así como todas aquellas disposiciones administrativas que se opongan al presente Acuerdo.

Ciudad de México, a 18 de mayo de 2021.- El Secretario de Comunicaciones y Transportes, Ing. Jorge Arganis Díaz Leal.- Rúbrica. 

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