SECRETARIA DE CULTURA

SECRETARIA DE CULTURA

ACUERDO General por el que se da a conocer el Manual de Organización General del Programa del Fondo Nacional de Fomento a las Artesanías (FONART).

CONSIDERANDO

Que, el artículo 3 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal señala que el Poder Ejecutivo de la Unión se auxiliará en los términos de las disposiciones legales correspondientes, de las siguientes entidades de la administración pública paraestatal:

I.- Organismos descentralizados;

II.-Empresas de participación estatal, instituciones nacionales de crédito, organizaciones auxiliares nacionales de crédito e instituciones nacionales de seguros y de fianzas, y

III.- Fideicomisos.

En ese tenor, los fideicomisos públicos a que se refiere la Ley en comento, son aquellos que el gobierno federal o alguna de las demás entidades paraestatales constituyen, con el propósito de auxiliar al Ejecutivo Federal en las atribuciones del Estado para impulsar las áreas prioritarias del desarrollo, que cuenten con una estructura orgánica análoga a las otras entidades y que tienen comités técnicos.

Que a efecto de dichas Entidades realicen una correcta operación, el presidente de la República los agrupa en sectores definidos, considerando el objeto de cada una de ellas en relación con la esfera de competencia que esta ley y otras leyes atribuyen a las Secretarías de Estado.

Las Secretarías a las que se agrupen las entidades y fideicomisos fungirán como coordinadora del sector respectivo, por lo que les corresponde a éstas coordinar la programación y presupuesto, conocer la operación, evaluar los resultados y participar en los órganos de gobierno de las entidades agrupadas en el sector a su cargo, conforme a lo dispuesto en las leyes.

Bajo este contexto normativo, el Fondo Nacional de Fomento a las Artesanías, fue constituido el 28 de mayo de 1974 por mandato del Ejecutivo Federal con el objeto social de fomentar la actividad artesanal en el país y de contribuir a mejorar el ingreso de las personas en situación de pobreza mediante el apoyo y desarrollo de proyectos productivos a través de acciones dirigidas a mejorar las capacidades productivas y comerciales de las y los artesanos. Está agrupado a la Secretaría de Cultura de conformidad con lo publicado en el Diario Oficial de Federación el 14 de agosto de 2020 a través del acuerdo por el que se modifican las fracciones VI y VII y se adiciona la fracción VIII del Artículo Primero del similar por el que se agrupan las entidades paraestatales que se indican al sector coordinado por la Secretaría de Cultura, publicado el 2 de febrero de 2017.En ese sentido, es considerado Entidad Paraestatal de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 47 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 y 40 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales, y 9, segundo párrafo de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; por lo que, en términos del artículo 11 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales, cuenta con autonomía de gestión para el cabal cumplimiento de sus objetivos y metas, con las restricciones que establece el artículo 49 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

En virtud de lo anterior, en uso de las facultades conferidas por la ley, se expide el

ACUERDO GENERAL POR EL QUE SE DA A CONOCER EL MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL
DEL FONDO NACIONAL DE FOMENTO A LAS ARTESANÍAS (FONART)

ARTÍCULO PRIMERO.- El presente acuerdo tiene por objeto establecer la estructura orgánica del Fondo Nacional de Fomento a las Artesanías (FONART), para su debida observancia interna en el desarrollo de las facultades y objetivos de este Fideicomiso Público y para todos los efectos legales y administrativos procedentes.

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