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SECRETARIA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL


ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN PARA LA OPERACIÓN DE LOS COMPONENTES DE VIGILANCIA
EPIDEMIOLÓGICA DE PLAGAS Y ENFERMEDADES FITOZOOSANITARIAS, CAMPAÑAS FITOZOOSANITARIAS E
INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, ACUÍCOLA Y PESQUERA, DEL PROGRAMA DE SANIDAD E INOCUIDAD
AGROALIMENTARIA PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2021 EN EL ESTADO DE QUINTANA ROO

ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN PARA LA OPERACIÓN DE LOS COMPONENTES DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA DE PLAGAS Y ENFERMEDADES FITOZOOSANITARIAS, CAMPAÑAS FITOZOOSANITARIAS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, ACUÍCOLA Y PESQUERA, DEL PROGRAMA DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2021, EN EL ESTADO DE QUINTANA ROO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL PODER EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL, EN LO SUBSECUENTE LA “SADER”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL DR. FRANCISCO JAVIER TRUJILLO ARRIAGA, DIRECTOR EN JEFE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD, INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA Y EL ING. MARIA ANGÉLICA ESPEJEL LÓPEZ, EN SU CARÁCTER DE ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA REPRESENTACIÓN DE LA “SADER” EN EL ESTADO DE QUINTANA ROO EN ADELANTE REFERIDOS RESPECTIVAMENTE COMO EL “SENASICA” Y LA “REPRESENTACIÓN”; Y POR LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, EN ADELANTE EL “GOBIERNO DEL ESTADO”, REPRESENTADO POR EL ING. LUIS ALFONSO TORRES LLANES, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL Y PESCA, Y LA MTRA. YOHANET TEÓDULA TORRES MUÑOZ, SECRETARIA DE FINANZAS Y PLANECIÓN; A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO LAS “PARTES”, CON EL OBJETO DE ESTABLECER LAS ESTRATEGIAS Y ACCIONES PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA ANTES SEÑALADO, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

I.     Que el 27 de marzo de 2019, las “PARTES” celebraron un Convenio de Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable 2019-2024, en lo sucesivo identificado como el “CONVENIO DE COORDINACIÓN”, cuyo objeto consiste en establecer las bases de coordinación y cooperación entre las “PARTES”, con el fin de llevar a cabo proyectos, estrategias y acciones conjuntas para el Desarrollo Rural Sustentable en general; así como, las demás iniciativas que en materia de desarrollo agropecuario y pesquero se presenten en lo particular, para impulsar a dicho sector en el Estado de Quintana Roo.

II.     Que en la Cláusula Tercera del “CONVENIO DE COORDINACIÓN” las “PARTES” acordaron que, con el fin de establecer las bases de asignación y ejercicio de los apoyos previstos en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, en lo sucesivo el “DPEF” en el Estado de Quintana Roo, podrán realizar una aportación conjunta, lo que se establecerá en los Anexos Técnicos de Ejecución que consideren necesario suscribir para cada ejercicio fiscal.

       Asimismo, en dicha Cláusula se precisó que la aportación federal se encontrará sujeta a la suficiencia presupuestal establecida en el “DPEF” del ejercicio presupuestal correspondiente, por lo que para el presente año fiscal dichos recursos se encuentran señalados en el Anexo 11.1 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2021, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2020, y la aportación del “GOBIERNO DEL ESTADO” dependerá de la suficiencia presupuestal prevista en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado del Ejercicio Fiscal que corresponda.

III.    Que las “PARTES” se comprometieron en la Cláusula Cuarta del “CONVENIO DE COORDINACIÓN”, a formalizar Anexos Técnicos de Ejecución de acuerdo a la distribución de los recursos concurrentes que se establezcan en el “DPEF” para el Estado de Quintana Roo.

       En los Anexos Técnicos de Ejecución que suscriban la “SADER” y el “GOBIERNO DEL ESTADO” deberán señalarse:

a.   Los montos de los recursos públicos que se comprometen a aportar;

b.   La calendarización de entrega de los recursos públicos acordados;

c.   Los objetivos y metas que se pretenden alcanzar mediante la aplicación de los recursos públicos convenidos; y

d.   Los instrumentos y mecanismos de control operativo y financiero que permitan el eficaz cumplimiento de las actividades convenidas.

       Para la aplicación y ejecución de los recursos presupuestales materia de los Anexos Técnicos de Ejecución, las “PARTES” convinieron en aplicar la mecánica operativa descrita en las Reglas de Operación de los Programas de la “SADER” vigentes en el ejercicio fiscal de que se trate, así como la normatividad aplicable que para tal efecto emita la “SADER”.

       En ese sentido, es que se indica que el marco normativo vigente para el ejercicio 2021 es:

1.   El Acuerdo por el que se dan a conocer las Disposiciones Generales aplicables a las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para el ejercicio 2021, en adelante el “ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de febrero de 2021.

2.   El Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, para el ejercicio 2021, en lo sucesivo las “REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2020.

IV.   Que en apego a lo establecido en el artículo 31 del “DPEF”, la “SADER” destina recursos orientados a incrementar la producción, la productividad y la competitividad agroalimentaria y pesquera del país, a la generación del empleo rural y para las actividades pesqueras y acuícolas, a promover en la población campesina y de la pesca el bienestar, así como su incorporación al desarrollo nacional, dando prioridad a las zonas de alta y muy alta marginación y a poblaciones indígenas.

       Asimismo, se procurará fomentar el abasto de alimentos y productos básicos y estratégicos a la población, promoviendo su acceso a los grupos sociales menos favorecidos y dando prioridad a la producción nacional, a que se refiere el artículo 178 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

V.    Que en el presente Anexo Técnico de Ejecución se formalizará entre la “SADER” y el “GOBIERNO DEL ESTADO” la distribución de recursos de los Componentes de Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias, Campañas Fitozoosanitarias e Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para el ejercicio 2021 de conformidad con lo establecido en el “Anexo 11.1 Distribución de Recursos por Entidad Federativa” del “DPEF”.

VI.   Que en las “REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA”, se establecen los Componentes de Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias, Campañas Fitozoosanitarias e Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para el ejercicio 2021, en lo subsecuente referidos respectivamente como los “COMPONENTES” y el “PROGRAMA”, así como los subcomponentes, requisitos y procedimientos para acceder a estos, así como su mecánica operativa.

VII.   Que conforme a la Cláusula Decimosegunda del “CONVENIO DE COORDINACIÓN”, cada una de las “PARTES” designó un representante para la suscripción de los Anexos Técnicos de Ejecución.

       La “SADER” designó como su Representante en el Estado de Quintana Roo, al Encargado del Despacho de la Representación de la “SADER”, quien a la presente fecha se encuentra a cargo del ING. MARIA ANGÉLICA ESPEJEL LÓPEZ;

       Por su parte el “GOBIERNO DEL ESTADO”, designó como su representante al Secretario de Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesca, cargo que a la presente fecha ostenta el ING. LUIS ALFONSO TORRES LLANES; asimismo por el “GOBIERNO DEL ESTADO” comparece la MTRA. YOHANET TEÓDULA TORRES MUÑOZ, Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Quintana Roo.

DECLARACIONES

I.     DE LA “SADER”:

I. 1.   Que el DR. FRANCISCO JAVIER TRUJILLO ARRIAGA, Director en Jefe del “SENASICA”,

cuenta con facultades para suscribir el presente Anexo Técnico de Ejecución, conforme a los artículos 2, apartado D fracción VII, 44 y 46 fracción V, del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, hoy “SADER”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2012; 1, 4, 5, 6 y 11 del Reglamento Interior del “SENASICA”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de julio de 2016.

I. 2.   El “SENASICA” señala como domicilio para los efectos legales del presente Anexo Técnico de Ejecución, el ubicado en Avenida Insurgentes Sur, número 489, Piso 1 Colonia Hipódromo, Alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06100, Ciudad de México.

I. 3.   El ING. MARIA ANGÉLICA ESPEJEL LÓPEZ, en su carácter de Encargado del Despacho de la Representación de la “SADER” en el Estado de Quintana Roo se encuentra facultado para suscribir el presente Anexo Técnico de Ejecución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 Apartado C, 35, 36, 37 fracciones I, V y VII, y 43 del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, hoy “SADER”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2012, en concordancia con la Cláusula Decimosegunda del “CONVENIO DE COORDINACIÓN”.

I. 4.   Señala como domicilio para los efectos legales del presente Anexo Técnico de Ejecución el ubicado en Carretera Chetumal-Bacalar Km. 3.5, Colonia FOVISSSTE V Etapa, Código Postal 77049, Chetumal, Quintana Roo.

II.     DEL “GOBIERNO DEL ESTADO”:

II. 1.  Que conforme a lo establecido en los artículos 40,41 primer párrafo, 42 fracción I, y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 1, 2, 5, 10, 78 de la Constitución Política de la Entidad, Quintana Roo, es un Estado Libre y Soberano, que forma parte de la Federación.

II. 2.  Que de conformidad con lo señalado en el artículo 92 de la Constitución Política del Estado de Quintana Roo; así como los artículos 19 fracción IX, 30 fracciones VII y XVI, y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo, la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesca, es una dependencia del Poder Ejecutivo Estatal, encargada de auxiliar al Titular del Ejecutivo en el estudio, planeación y despacho de los asuntos de la administración pública del Estado, en el ámbito agropecuario y rural con las atribuciones, funciones y obligaciones establecidas en la misma y las demás disposiciones legales del orden federal, estatal y municipal del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo.

II. 3.  Que con fundamento en los artículos 10 fracción IV del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario y Rural publicado el 29 de enero de 2016 en el Periódico Oficial del Estado; el ING. LUIS ALFONSO TORRES LLANES, Secretario de Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesca, se encuentra plenamente facultado para suscribir el presente anexo, acreditando su personalidad a través del nombramiento de fecha 7 de marzo de 2019, expedido por el MTRO. MANUEL ISRAEL ALAMILLA CEBALLOS, Oficial Mayor del Gobierno del Estado de Quintana Roo.

II. 4.  Que de conformidad con el artículo 92 y 116 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; así como en los artículos 2, 3, 4, 19 fracción III, 21 , 30 fracciones VII y XIX , y 33 fracciones I, XVI y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo, la Secretaría de Finanzas y Planeación es la dependencia de la Administración Pública Centralizada a la que corresponde conducir la política hacendaria del Estado en materias de administración tributaria, planeación, ingresos, gasto público, procuración fiscal, disciplina financiera y responsabilidad hacendaria, en los términos de la legislación aplicable y las políticas del Titular del Poder Ejecutivo del Estado; asimismo, ejercer el presupuesto de egresos en los términos de la legislación respectiva.

II. 5.  Que en representación de la Secretaría de Finanzas y Planeación comparece su titular, la MTRA. YOHANET TEÓDULA TORRES MUÑOZ, quien acredita su personalidad con el

nombramiento expedido a su favor emitido por el Titular del Poder Ejecutivo del Estado de fecha 01 de junio de 2018, y que se encuentra facultada para la suscripción del presente instrumento en términos de lo dispuesto en la normatividad invocada en el párrafo inmediato anterior, así como de los artículos 3, 5, 9 y 10 fracciones I, X, XI y XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Planeación.

II. 6.  El “GOBIERNO DEL ESTADO” señala como domicilio legal para los efectos legales del presente Anexo Técnico de Ejecución, el ubicado en Avenida Venustiano Carranza Número 201, esquina Belice, Colonia Centro, Código Postal 77000, Chetumal, Quintana Roo.

III.    DE LAS “PARTES”:

III.1   Que para el mejor resultado y óptimo beneficio en la aplicación de los recursos asignados al “PROGRAMA” en el marco del Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable señalados en el “DPEF”, las “PARTES” han determinado la implementación del presente instrumento para la asignación de responsabilidades y compromisos específicos.

III.2   Los recursos federales y estatales acordados entre las “PARTES” en el presente Anexo Técnico de Ejecución, serán destinados exclusivamente al “PROGRAMA” y sus componentes de acuerdo a lo establecidos en las “REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA”.

Para tal efecto, las “PARTES” acuerdan suscribir el presente instrumento conforme las siguientes:

CLÁUSULAS

OBJETO

PRIMERA.- El objeto del presente instrumento es establecer las actividades planificadas de los proyectos o actividades a desarrollar de acuerdo a los conceptos autorizados mediante la aplicación de los recursos presupuestales establecidos para los “COMPONENTES” del “PROGRAMA” determinados en el “Anexo 11.1 Distribución de Recursos por Entidad Federativa” del “DPEF” y en lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 17, 18, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37 y demás relativos y aplicables de las “REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA”.

APORTACIONES DE RECURSOS

SEGUNDA.- Conforme las bases de asignación y ejercicio de los apoyos previstos en el “DPEF”, en las “REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA” y en las demás disposiciones legales aplicables, la “SADER” y el “GOBIERNO DEL ESTADO” acuerdan que para el ejercicio fiscal 2021, realizarán una aportación conjunta para la operación y ejecución de los Componentes de Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias, Campañas Fitozoosanitarias e Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera del “PROGRAMA”, por un monto de hasta $41,999,362.00 (Cuarenta y un millones novecientos noventa y nueve mil trescientos sesenta y dos Pesos 00/100M.N.), integrados en la forma siguiente:

1.     Hasta la cantidad de $27,000,000.00 (Veintisiete millones de Pesos 00/100 M.N.); correspondientes a la aportación federal a cargo de la “SADER”, con base en la suficiencia presupuestal prevista en el “DPEF”; y

2.     Hasta la cantidad de $14,999,362.00 (Catorce millones novecientos noventa y nueve mil trescientos sesenta y dos Pesos 00/100 M.N.), correspondientes a la aportación estatal a cargo del “GOBIERNO DEL ESTADO” con base en la suficiencia presupuestal prevista en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado de Quintana Roo, publicado en fecha diecinueve de diciembre del dos mil veinte en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo.

La aportación, distribución y ministración de los recursos acordados, se llevará a cabo de conformidad con la programación referida en los Apéndices I y II, denominados respectivamente “Recursos Convenidos Federación – Estado 2021” y “Calendario de Ejecución 2021”, los cuales forman parte integral del presente instrumento.

Los recursos serán depositados, en términos de lo establecido en el “CONVENIO DE COORDINACIÓN” y en las “REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA”. El Gobierno del Estado, a través del Fideicomiso Fondo de Fomento Agropecuario del Estado de Quintana Roo, en lo sucesivo el “FOFAQROO”, fungirá con el carácter de Instancia Dispersora de Recursos y las ministraciones se depositarán en el citado “FOFAQROO”, quien dispersará los recursos, mismos que serán radicados, atendiendo la solicitud que para tales efectos formule a la “SADER” el “SENASICA”.

Cuando el “SENASICA” a través de la Unidad Responsable determine de conformidad con sus atribuciones la ocurrencia de alguna emergencia, contingencia o riesgo fitozoosanitario en el Estado de Quintana Roo, podrá reorientar los recursos disponibles correspondientes a la aportación federal en la Instancia Dispersora o en la Instancia Ejecutora para su atención, para lo cual esta última elaborará un ajuste al Programa de Trabajo para dicho fin.

De conformidad con lo establecido en artículo 18 del “ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES”, para la ejecución de los Programas sujetos a las Reglas de Operación, los gastos indirectos deberán ser asignados en una proposición respecto al gasto total de cada programa, considerando un porcentaje de hasta el 4% (cuatro por ciento) previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, como se encuentra previsto en los diversos Acuerdos de Reglas de Operación y de acuerdo a la distribución señalada en los Lineamientos de Gastos de Operación 2021 emitidos por la Titular de la Unidad de Administración y Finanzas.

En ese sentido, las “PARTES” acuerdan que la aportación de la totalidad de los Gastos de Operación de origen federal y estatal se realizará en la primera ministración de recursos que se efectúe de cada componente al “FOFAQROO”, de acuerdo con lo pactado en la Cláusula Tercera del “CONVENIO DE COORDINACIÓN” y la distribución que se establezca para tal efecto en el Apéndice III, denominado “Cuadro de Montos y Metas 2021” el cual forma parte integral del presente instrumento, lo que deberá ser acorde con lo dispuesto en los “Lineamientos para el Ejercicio de los Gastos de Operación de los Programas de la “SADER” 2021″, emitidos por la Titular de la Unidad de Administración y Finanzas de la “SADER”, para el presente ejercicio.

De igual modo los Gastos de Operación del “PROGRAMA” serán ejercidos atendiendo en todo momento lo establecido en las “REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA” y el “ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES”.

PROGRAMA DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA

TERCERA. – Para la consecución de los objetivos específicos del “PROGRAMA”, previstos en el artículo 3 de las “REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA”, los recursos señalados en la Cláusula Segunda del presente instrumento serán destinados a su ejecución y operación en el Estado de Quintana Roo, a través de los componentes:

I.     Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias;

II.     Campañas Fitozoosanitarias, e

III.    Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera.

Las metas y los objetivos, así como las actividades y plazos correspondientes de cada proyecto se determinarán a través de los Programas de Trabajo, los que serán autorizados por el “SENASICA”, por conducto de sus Direcciones Generales competentes, en su respectivo carácter de Unidad Responsable de los “COMPONENTES” del “PROGRAMA”, de conformidad con el artículo 6 fracciones III, IV, V, VI, VII, VIII y IX, de las “REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA”.

Los Programas de Trabajo en cita, serán considerados instrumentos vinculantes para quienes los suscriben, los cuales estarán vigentes del 01 de enero del 2021 al 31 de diciembre de 2021 y deberán considerar: a) El riesgo ante el desarrollo de un brote de plaga y/o enfermedad reglamentada; b) Que sea estratégico y/o prioritario para coadyuvar al fortalecimiento de la Autosuficiencia Alimentaria; c) La inclusión de pequeñas unidades de producción y pequeños productores; d) Las características de las diferentes regiones socioeconómicas del país, y e)El área de enfoque para la conservación o mejora de la situación sanitaria y de inocuidad en cada entidad, zona o región.

La distribución de los recursos señalados en la Cláusula Segunda del presente instrumento, se llevará a cabo de conformidad con la programación a que se refiere el Apéndice III “Cuadro de Montos y Metas 2021”.

OBLIGACIONES Y ATRIBUCIONES

CUARTA- Las “PARTES” en la consecución del presente instrumento tendrán las obligaciones y atribuciones establecidas en las “REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA”, el “ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES”, el “CONVENIO DE COORDINACIÓN” y la legislación presupuestaria federal aplicable.

DISPOSICIONES GENERALES

QUINTA. – En todo lo relativo a las auditorías, control y seguimiento, suspensión de recursos, difusión y transparencia, evaluación y solución de controversias, y demás disposiciones aplicables previstas en el “CONVENIO DE COORDINACIÓN”, las “PARTES” acuerdan sujetarse a los términos establecido en dicho instrumento y de manera particular a la legislación presupuestaria y de fiscalización federal aplicable.

DE LAS MODIFICACIONES.

SEXTA. – Las situaciones no previstas en el presente Anexo Técnico de Ejecución y, en su caso, las modificaciones o adiciones que se realicen, serán pactadas de común acuerdo entre las “PARTES” y se harán constar por escrito mediante Convenio Modificatorio que al efecto se celebre, entre los representantes reconocidos de las “PARTES”, el cual surtirá sus efectos a partir del momento de su suscripción.

DEL CIERRE OPERATIVO DEL EJERCICIO.

SÉPTIMA. – Para la administración y ejercicio de los recursos presupuestales señalados en la Cláusula Segunda de este instrumento jurídico, el “GOBIERNO DEL ESTADO”, a través del “FOFAQROO”, se compromete a contar con la(s) cuenta(s) o subcuenta(s) productiva(s) específica(s) y exclusiva(s), en la(s) que se identifiquen los movimientos realizados, los que se deberán sujetar a lo establecido en este instrumento jurídico.

Para la debida ejecución del objeto materia del presente Anexo Técnico de Ejecución, el “GOBIERNO DEL ESTADO” se compromete a ejercer los recursos señalados en la Cláusula Segunda de este instrumento jurídico, a través del “FOFAQROO”, para los fines autorizados, así como aplicar y vigilar la programación, ejecución y desarrollo de las actividades que permitan el logro de las metas establecidas en los Apéndices de este instrumento.

En cumplimiento a la legislación federal, el “GOBIERNO DEL ESTADO” deberá integrar los soportes e informe de la cuenta pública de los “COMPONENTES” del “PROGRAMA”, con la relación definitiva de beneficiarios al 31 de diciembre del 2021, en la que se especificarán los recursos entregados, devengados y los no devengados enterados a la Tesorería de la Federación, en lo sucesivo “TESOFE”. Esta relación no podrá ser modificada, por lo que en el caso de que existan desistimientos, economías o recursos no aplicados por los beneficiarios, éstos deberán reintegrarse en términos de las disposiciones jurídicas y presupuestales aplicables.

El cierre operativo del Programa de Trabajo deberá formularse al 31 de diciembre de 2021, su entrega al “SENASICA” deberá efectuarse a más tardar el 30 de enero del 2022, deberá suscribirse entre la “REPRESENTACIÓN” y el “GOBIERNO DEL ESTADO”, en el que establezcan:

1.     Los recursos pagados, devengados o reintegrados, con las relaciones de beneficiarios;

2.     Los montos de los recursos federales recibidos, aplicados y devueltos, en su caso, a la “TESOFE”;

3.     Comprobante de la(s) cuenta(s) bancaria(s) específica(s) o subcuenta(s) específica(s) utilizada(s) para la administración de los recursos del “PROGRAMA”, y

4.     En un capítulo separado, los intereses generados, aplicados y enterados, en su caso, a la “TESOFE”, las acciones desarrolladas con estos recursos o las metas adicionales alcanzadas con los mismos.

DE LA VIGENCIA.

OCTAVA- El presente instrumento entrará en vigor el día de su firma y su vigencia presupuestal y cumplimiento de acciones, será hasta el 31 de diciembre de 2021, en términos de lo establecido en los

artículos 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 175 y 176 de su Reglamento y demás disposiciones de la materia, así como del “CONVENIO DE COORDINACIÓN”.

Leído que fue y enteradas del alcance y contenido legal del presente Anexo Técnico de Ejecución, las partes lo firman en cinco tantos originales, en la ciudad de Chetumal, Quintana Roo, a los 10 días del mes de febrero de 2021.- Por la SADER: el Director en Jefe del SENASICA, Dr. Francisco Javier Trujillo Arriaga.- Rúbrica.- El Encargado del Despacho de la Representación de la SADER en el Estado de Quintana Roo, Ing. Maria Angélica Espejel López.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado de Quintana Roo: el Secretario de Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesca, Ing. Luis Alfonso Torres Llanes.- Rúbrica.- La Secretaria de Finanzas y Planeación, Mtra. Yohanet Teódula Torres Muñoz.- Rúbrica.

Apéndice I
Quintana Roo
Recursos Convenidos Federación – Estado 2021
(Aportaciones en Pesos)

Nota: Incluye los montos para Gastos de Operación.

Apéndice II

Quintana Roo

Calendario de Ejecución 2021

(Aportaciones en Pesos)

Apéndice III
Cuadro de Montos y Metas 2021

/1.- Las metas programáticas y la distribución presupuestal de cada componente, se establecerá en los Programas de Trabajo que contienen los proyectos autorizados por las Direcciones Generales del SENASICA; los que serán indicativos, por lo que en caso de realizarse modificaciones se hará mediante la autorización de la adecuación al Programa de Trabajo por parte de la Unidad Responsable correspondiente, en que deberá expresar las causas que justifiquen tales modificaciones; sin perjuicio, del cumplimiento de las disposiciones jurídicas y presupuestales aplicables.
/2.- Los Gastos de Operación serán ejecutados como se establece en los “Lineamientos para el Ejercicio de los Gastos de Operación de los Programas de la “SADER” 2021″, emitidos por la Unidad de Administración y Finanzas del Ramo el 08 de febrero de 2021.

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