PROCURADURIA AGRARIA

PROCURADORA AGRARIA


ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EN DIVERSOS SERVIDORES PÚBLICOS LA REPRESENTACIÓN LEGAL DE LA PROCURADURÍA AGRARIA, PARA COMPARECER ANTE LOS ÓRGANOS JUDICIALES Y JURISDICCIONALES, INCLUSO ANTE EL CENTRO FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y REGISTRO LABORAL (CFCRL) Y LOS CENTROS DE CONCILIACIÓN LABORAL ESTATALES Y MUNICIPALES, EN DEFENSA DE LOS INTERESES DE LA MISMA.

LUIS RAFAEL HERNÁNDEZ PALACIOS MIRÓN, Procurador Agrario, con fundamento en los artículos 134, 144 fracciones I, II y VII de la Ley Agraria; 1, 2, 8, 11; 12 fracciones I, V y VII; 13; 20 fracciones VII y IX del Reglamento Interior de la Procuraduría Agraria; 11, 684 E fracción VII, 692 fracciones II y III y 693 de la Ley Federal del Trabajo.

CONSIDERANDOS

Primero. Que la Procuraduría Agraria es un órgano descentralizado de la Administración Pública Federal con personalidad jurídica y patrimonio propio, creado por la Ley Agraria de 23 de febrero de 1992, publicada en el Diario Oficial de Federación el 26 de febrero del mismo año.

Segundo. Que, en términos de lo establecido en el artículo 144 fracción I de la Ley Agraria, en relación con los artículos 11, 12 fracciones I y V y 13 del Reglamento Interior de la Procuraduría Agraria, el Procurador Agrario es el representante legal de la institución y tiene dentro de sus facultades, el poder delegar dicha representación en los servidores públicos subalternos a través del acuerdo respectivo que se publique en el Diario Oficial de la Federación, con el objeto de que comparezcan ante las diversas instancias judiciales, jurisdiccionales de naturaleza administrativa, laboral, civil, penal, agraria, fiscal, amparo o cualquier otra, en defensa de los intereses de la Procuraduría Agraria, de manera adecuada y oportuna, así como de los servidores públicos de la misma que, en el ejercicio de sus funciones, formen parte de un procedimiento de naturaleza contenciosa.

Tercero. Que por ser la Procuraduría Agraria una persona moral oficial, quien comparece en su representación requiere acreditar tal representación mediante la exhibición del testimonio notarial respectivo.

En razón de lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO. Se delega en favor de los servidores públicos subalternos Mtro. Luis Jiménez Guzmán, Director General Jurídico y de Representación Agraria, empleado número 11255, Cédula Profesional 5606198; Lic. Julio Armando Mares Lorenzo, Director de Representación y Amparo, empleado número 05613 Cédula Profesional 1793054; Lic. Angélica Espíndola Zarazúa, Subdirectora de Representación, empleado número 09590, Cédula Profesional 5700168; Lic. Oscar Cruz Pérez, Subdirector de lo Contencioso, empleado número 07982, Cédula Profesional 1879196; Lic. José Gabriel Santiago Hernández, Subdirector de Asuntos Laborales, empleado número 07975, Cédula Profesional 2146626; Lic. Jessica Pamela Cruz Ávila, Jefa de Departamento, empleado número 10895, Cédula Profesional 9696827; Lic. Jazmín Durand Silva, Enlace, empleado número 11358, Cédula Profesional 11729278; Lic. Nancy Jacqueline Moreno Salinas, Enlace, empleado número 9393, Cédula Profesional 8362185; Lic. Xenia Elvira Islava Lafarga, Directora de Servicios Jurídicos, empleado número 11283, Cédula Profesional 1366586; Lic. Lucila López López, Directora de Asuntos Agrarios y Procedimientos Penales, empleado número 10440, Cédula Profesional 2195942; Lic. Gabriela González Mendoza, Subdelegada Especial, empleado número 02649, Cédula Profesional 2863318; Lic. Enrique Alfonso Ortiz Alarcón, Subdelegado Operativo, empleado número 10993, Cédula Profesional 1657802; y Lic. Raymundo Vilchis Montoya, Jefe de Departamento, empleado número 08554, Cédula Profesional 1919222, todos ellos adscritos a la Dirección General Jurídica y de Representación Agraria, así como a los servidores públicos Lic. Raúl Fernando Ávila Nieto, Jefe de Departamento Jurídico adscrito a la Representación Aguascalientes, empleado número 05957, Cédula Profesional 6631302; Lic. José Santillán Martín del Campo, Abogado Agrario adscrito a la Representación Aguascalientes, empleado número 05972, Cédula Profesional 3339142; Lic. Daniela Parra Galindo, Abogada Agraria adscrita a la Residencia Mexicali, Baja California, empleado número 09428, Cédula Profesional 7467194; Lic. Albertico Robles Coronado, Abogado Agrario adscrito a la Residencia Ensenada, Baja California, empleado número 06007, Cédula Profesional 2849862; Lic. Rosario Bauman Mendivil, Subdelegada Jurídica adscrita a la Representación Baja California Sur, empleado número 06011, Cédula Profesional 2450494; Lic. Dalia Yurinia Franco Betancourt, Abogada Agraria adscrita a la Representación Baja California Sur, empleado número 10505, Cédula Profesional 6439585; Lic. Enrique Morales De Ita,

Subdelegado Jurídico adscrito a la Representación Campeche, empleado número 08017, Cédula Profesional 3744263; Lic. Eulogio del Carmen Vázquez Gutiérrez, Abogado Agrario adscrito a la Representación Campeche, empleado número 10488, Cédula Profesional 7340390; Lic. María Soledad Pedroza García, Jefa de Departamento Jurídico adscrita a la Representación Coahuila de Zaragoza, empleado número 06092, Cédula Profesional 11954083; Lic. María del Carmen Delgado Rodríguez, Abogada Agraria adscrita a la Residencia Coahuila, empleado número 11650, Cédula Profesional 520005226; Lic. Karla Dolores Salazar Blanco, Abogada Agraria adscrita a la Representación Colima, empleado número 09769, Cédula Profesional 6726131, Lic. Roberto Trejo González, Jefe de Departamento Jurídico adscrito a la Representación Colima, empleado número 06872, Cédula Profesional 8123183; Lic. Claudia Guadalupe Ayala Cancino, Jefa de Departamento Jurídico adscrita a la Representación Chiapas, empleado número 06242, Cédula Profesional 2960078; Lic. Humberto Hernán Flores Posada, Jefe de Departamento Jurídico adscrito a la Representación Chiapas, empleado número 11384, Cédula Profesional 10017461; Lic. Laila Martínez Méndez, Abogada Agraria adscrita a la Representación Chihuahua, empleado número 09162, Cédula Profesional 10912958; Lic. Luis Carlos Leos Chávez, Abogado Agrario adscrito a la Representación Chihuahua, empleado número 11410, Cédula Profesional 11929019; Lic. Jorge Eduardo Juárez Cisneros, Jefe de Departamento Jurídico adscrito a la Representación Durango, empleado número 10851, Cédula Profesional 2549503; Lic. Martha Iris Dánae Calderón Valenzuela, Abogada Agraria adscrita a la Representación Durango, empleado número 10228, Cédula Profesional 5158621; Lic. Adán Josué Jiménez Villeda, Subrepresentante Jurídico adscrito a la Representación Estado de México, empleado número 10624, Cédula Profesional 8081624; Lic. Laura Peralta Pavón, Jefa de Departamento Jurídico adscrita a la Representación Estado de México, empleada número 6864, Cédula Profesional 7767329; Lic. Luis Adrián Ojeda Delgado, Abogado Agrario adscrito a la Representación Guanajuato, empleado número 11418, Cédula Profesional 11644408; Lic. Jorge Luis Rocha Duarte, Abogado Agrario adscrito a la Representación Guanajuato, empleado número 10771, Cédula Profesional 7014124; Lic. Régulo Peralta Villanueva, Jefe de Departamento Jurídico adscrito a la Representación Guerrero, empleado número 06616, Cédula Profesional 3643919; Lic. Luis Enrique Olivares Flores, Jefe de Departamento Jurídico adscrito a la Representación Guerrero, empleado número 06656, Cédula Profesional 1776865; Lic. Francisco Santiago Solís, Subdelegado de Conciliación Agraria adscrito a la Representación Hidalgo, empleado número 06702, Cédula Profesional 1624056; Lic. David Quintanar Mercado, Abogado Agrario adscrito a la Residencia Pachuca, empleado número 09885, Cédula Profesional 7752394; Lic. Angélica María Aguilar Cruz, Jefa de Departamento Operativo adscrita a la Representación Jalisco, empleado número 10479, Cédula Profesional 7370338; Lic. Rodolfo Ordoñez Anguiano, Abogado Agrario adscrito a la Representación Jalisco, empleado número 9029, Cédula Profesional 6087989; Lic. Brizeida Yarazet Ochoa Toledo, Abogada Agrario adscrita a la Representación Michoacán, empleado número 11428, Cédula Profesional 12232137; Lic. María Antonia Villa Domínguez, Abogada Agraria adscrita a la Representación Michoacán, empleado número 8132, Cédula Profesional 3912018; Lic. Irene González Casarrubias, Abogada Agraria adscrita a la Representación Morelos, empleado número 6977, Cédula Profesional 9160827; Lic. María de Lourdes Ocampo Ortega, Abogada Agraria adscrita a la Representación Morelos, empleada número 06991, Cédula Profesional 11617642, Lic. Salvador Salazar Ulloa, Abogado Agrario adscrito a la Residencia Santiago Ixcuintla, empleado número 07013, Cédula Profesional 3883180; Lic. Isis Minerva Ortiz Bupunary, Jefa de Departamento Jurídico adscrita a la Representación Nayarit, empleado número 5713, Cédula Profesional 4684718, Lic. María Teresa Rivas Huerta, Subdelegada Jurídica adscrita a la Representación Nuevo León, empleado número 10342, Cédula Profesional 6203045; Lic. Norma Susana Romo García, Abogada Agraria adscrita a la Representación Nuevo León, empleado número 10596, Cédula Profesional 6930256; Lic. Judith Angélica García Kavanagh, Jefa de Departamento Jurídico adscrita a la Representación Oaxaca, empleado número 07090, Cédula Profesional 3746813; Lic. María Esther Cerón Estrada, Abogada Agraria adscrita a la Representación Oaxaca, empleado número 10208, Cédula Profesional 5420980; Lic. Dulce Mariana Rosas Bucio, Abogada Agraria adscrita a la Representación Puebla, empleado número 07256, Cédula Profesional 6126852; Lic. Jaime Guzmán Bermúdez, Abogado Agrario adscrito a la Representación Puebla, empleado número 07239, Cédula Profesional 2836205, Lic. Jordán Cuauhtémoc Agua Hombre, Abogado Agrario adscrito a la Representación Querétaro, empleado número 08470, Cédula Profesional 5059512; Lic. Miriam Guadalupe Ramírez Valencia, Subdelegada Jurídica adscrita a la Representación Querétaro, empleado número 09700, Cédula Profesional 5112912; Lic. María de Lourdes Hernández Domínguez, Jefa de Departamento Jurídico adscrita a la Representación Quintana Roo, empleado número 66167, Cédula Profesional 12148558; Lic. Alejandro Perera Palma, Jefe de Departamento Jurídico adscrito a la Representación Quintana Roo, empleado número 11341, Cédula Profesional 9153545; Lic. Ana Aurora Pérez Jiménez, Subrepresentante Jurídica adscrita a la Representación San Luis Potosí, empleado número 11430, Cédula Profesional 11833884;Lic. Javier Gallegos Oliva, Jefe de Residencia adscrito a la Residencia Río Verde, San Luis Potosí, empleado número 05774 Cédula Profesional 2278995; Lic. Jesús Adolfo Soto Flores, Abogado Agrario adscrito a la Representación Sinaloa, empleado número 05794, Cédula Profesional 1689646; Lic. Juan Mario López Salas, Abogado Agrario adscrito a la Representación Sinaloa, empleado número 07439, Cédula Profesional 1508544; Lic. Jorge Luis Noriega Noriega, Abogado Agrario adscrito a la

Representación Sonora, empleado número 05871, Cédula Profesional 11768831; Lic. Mara Maritza Ortega Archuleta, Abogada Agraria adscrita a la Representación Sonora, empleado número 11437, Cédula Profesional 10414577; Lic. Carlos Miguel Jiménez Hernández, Abogado Agrario adscrito a la Representación Tabasco, empleado número 11189, Cédula Profesional 08752958; Lic. Carla Verónica Moreno Gómez, Subdelegada Jurídica adscrita a la Representación Tabasco, empleado número 09026, Cédula Profesional 5501486; Lic. Ildefonso Flores Grimaldo, Abogado Agrario adscrito a la Representación Tamaulipas, empleado número 07531, Cédula Profesional 9833006; Lic. Elvira Maldonado González, Jefa de Residencia en Tampico, Tamaulipas, empleada número 07570, Cédula Profesional 1554424; Lic. Rodrigo Herrera Sánchez, Jefe de Departamento Jurídico adscrito a la Representación Tlaxcala, empleado número 10664, Cédula Profesional 9315396; Lic. Rubén Darío López Pastrana, Abogado Agrario adscrito a la Representación Tlaxcala, empleado número 10562, Cédula Profesional 9590661; Lic. Lissette López Arcos, Jefe de Departamento Jurídico adscrita a la Representación Veracruz, empleado número 07630, Cédula Profesional 2002410, Lic. Rosa Icela del Ángel Morales, Jefa de Residencia adscrita a la Residencia Álamo, empleado número 7821, Cédula Profesional 7949817; Lic. Jair Rivera Sánchez, Jefe de Departamento Jurídico adscrito a la Representación Yucatán, empleado número 11609, Cédula Profesional 6761445; Lic. Elsy Casimira Couoh May, Jefa de Departamento Jurídico adscrita a la Representación Yucatán, empleado número 05906, Cédula Profesional 1381804; Lic. María Cecilia Ortiz Rojas, Abogada Agraria adscrita a la Representación Zacatecas, empleado número 07831, Cédula Profesional 1579317; y Lic. Juan Ignacio Montes Chaires, Abogado Agrario adscrito a la Representación Zacatecas, empleado número 06769, Cédula Profesional 3339086, la representación legal de la Procuraduría Agraria, para que comparezcan ante los órganos judiciales y jurisdiccionales de carácter agrario, administrativo, civil, penal, laboral, amparo, fiscal o de cualquier otra rama del derecho, en el ámbito federal o estatal, en defensa de los intereses de esta entidad, así como de los servidores públicos señalados en el artículo 19 fracción VIII del Reglamento Interior de la Procuraduría Agraria, que en el ejercicio de sus funciones sean parte en un procedimiento de tal naturaleza, debiendo observar los lineamientos, normatividad y demás disposiciones que en las materias se encuentren vigentes.

SEGUNDO. En términos de lo dispuesto por los artículos 144 de la Ley Agraria, 11, 12, 13 y 20 del Reglamento Interior de la Procuraduría Agraria, la facultad que se delega en este acuerdo, se entenderá sin perjuicio de su ejercicio directo por parte del suscrito y del Titular de la Dirección General Jurídica y de Representación Agraria, único facultado para allanarse a toda clase de demandas, desistirse de cualquier recurso, inclusive de amparo, así como, otorgar el perdón legal cuando proceda.

TERCERO. De manera enunciativa más no limitativa los apoderados aquí designados podrán comparecer a juicio o fuera de el ante toda clase de personas físicas o morales, autoridades judiciales, administrativas, agrarias, civiles, penales, del trabajo y sus auxiliares, sean federales o locales, y en general acudir ante toda clase de autoridades en defensa de los intereses de la Procuraduría Agraria, así como de los servidores públicos que, en el ejercicio de sus funciones formen parte de un procedimiento de naturaleza contenciosa o administrativa, teniendo la facultad para promover demandas, formular denuncias y querellas, y contestarlas,

Así mismo, en juicios del orden civil, mercantil, penal, laboral, amparo, fiscal y administrativo, así como en asuntos de jurisdicción voluntaria, en nombre de la Procuraduría Agraria, para lo cual contaran de manera enunciativa más no limitativa con las facultades de dar contestación al escrito inicial de demanda, así como a las ampliaciones o modificaciones realizadas al mismo, oponer excepciones y defensas dilatorias perentorias, interponer todos los incidentes que sean necesarios, ofrecer pruebas, objetar las ofrecidas por la contraparte, articular y absolver posiciones, aun las de carácter laboral y personal, reconocer firmas y documentos, presentar testigos, ver protestar a los de la contraria, repreguntarles, tacharlos y redargüirlos de falsos, oír autos interlocutorios y definitivos, consentir los favorables y pedir revocación por contrario imperio, promover el juicio de amparo e interponer toda clase de recursos en el mismo, pedir aclaración de laudo, nombrar peritos y recusar los de la contraria, transar en juicio, recibir valores y otorgar recibos y carta de pago, así como para suscribir, conforme a la representación que se les otorga, los documentos necesarios para su ejercicio, ratificando desde hoy todo lo que hagan sobre este particular.

Contando así mismo, con las facultades necesarias para comparecer ante los Centros Federales de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) y los Centros de Conciliación Laboral Estatales y Municipales, y en caso de ser conveniente para la Procuraduría Agraria, celebrar convenios ante los mismos, en términos de lo establecido en el artículo 684 E fracción VII de la Ley Federal del Trabajo.

CUARTO. El ejercicio de las facultades que se delegan deberán atender a la defensa de los intereses de este organismo descentralizado y de los servidores públicos en el ejercicio de sus funciones señalados en el artículo 20 fracción IX, del Reglamento Interior de la Procuraduría Agraria, la cual podrán ejercer los apoderados aquí nombrados de manera conjunta o individual, por lo que se otorgará ante Notario Público un poder general para pleitos y cobranzas en términos de los artículos 25, 26, 27, 28, 2551, 2553, 2554, 2555 y

demás relativos del Código Civil Federal y de sus correlativos del Código Civil para el Distrito Federal y de los estados de la República Mexicana, que incluyan las consideraciones del presente acuerdo.

QUINTO. La representación patronal que se delega en favor de los servidores públicos subalternos antes mencionados, también se hace en términos de los artículos 11 y 692 fracciones II y III de la Ley Federal del Trabajo.

SEXTO. La representación que aquí se delega, dejará de surtir efectos al separarse los servidores públicos mencionados de su encargo en la Procuraduría Agraria.

Sin que la emisión de este acuerdo implique la revocación de la representación otorgada con anterioridad a los servidores públicos que continúan prestando sus servicios para la Procuraduría Agraria.

SÉPTIMO. El Titular de la Dirección General Jurídica y de Representación Agraria vigilará el estricto cumplimiento de este acuerdo, para lo cual emitirá los criterios para su ágil y adecuada instrumentación.

TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO. Para efecto de su difusión y observancia se ordena publicar este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo, en relación con los numerales 134 y 144 de la Ley Agraria, así como 11, 12 y 13 del Reglamento Interior de la Procuraduría Agraria.

TERCERO. En razón de lo anterior, se deberá otorgar el correspondiente poder general para pleitos y cobranzas, ante el notario público que al efecto se contrate en favor de los servidores públicos antes mencionados.

Dado en la Ciudad de México, el 16 de noviembre de 2021.- El Procurador Agrario, Lic. Luis Rafael Hernández Palacios Mirón.- Rúbrica.

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