Tribunal Federal de Justicia Administrativa

TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA

ACUERDO G/JGA/27/2022

ADSCRIPCIÓN TEMPORAL Y SUPLENCIAS DE MAGISTRADOS DE DIVERSAS SALAS REGIONALES DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA

CONSIDERANDO

1. Que de conformidad con el artículo 73, fracción XXIX-H de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relacionado con el artículo 1, segundo y quinto párrafos de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, el Tribunal es un órgano jurisdiccional con autonomía para emitir sus fallos y con jurisdicción plena.

2. Que el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial; por lo que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa se encuentra obligado a garantizar a los ciudadanos este derecho humano contenido en la Carta Magna de manera puntual.

3. Que el artículo 21 de la Ley Orgánica vigente de este Órgano Jurisdiccional, así como el primer párrafo del diverso 28 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, establecen que la Junta de Gobierno y Administración tiene a su cargo la administración, vigilancia, disciplina y carrera jurisdiccional, contando con autonomía técnica y de gestión para el adecuado cumplimiento de sus funciones.

4. Que el artículo 29, primer párrafo del Reglamento Interior de este Órgano Jurisdiccional establece que los Acuerdos que apruebe y emita la Junta de Gobierno y Administración son instrumentos normativos de carácter obligatorio y de observancia general en el Tribunal.

5. Que las fracciones II, VI, XXIII y XXXIX del artículo 23 de la Ley Orgánica vigente de este Tribunal, facultan a la Junta de Gobierno y Administración para expedir los acuerdos necesarios para el buen funcionamiento del Tribunal; adscribir a los Magistrados de las Salas Regionales ordinarias, auxiliares, especializadas o mixtas; aprobar la suplencia temporal de los Magistrados de Sala Regional, por el Primer Secretario de Acuerdos del Magistrado ausente; así como resolver los demás asuntos que señalen las disposiciones aplicables.

6. Que en sesión de 03 de mayo de 2021, la Junta de Gobierno y Administración emitió el Acuerdo G/JGA/20/2021, mediante el cual, entre otros movimientos, adscribió a la Magistrada Diana Armida Muñoz a la Primera Ponencia de la Tercera Sala Especializada en Materia de Comercio Exterior y Auxiliar, con sede en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Estado de Veracruz.

7. Que mediante Acuerdo G/JGA/1/2022, aprobado por la Junta de Gobierno y Administración en sesión de fecha 06 de enero de 2022, se determinó que aquellos servidores públicos que teniendo derecho a gozar de los periodos vacacionales calendarizados por el Pleno General hayan cubierto la guardia del primer periodo vacacional de 2022, podrán ejercer ese derecho, del 08 al 22 de agosto de 2022; o excepcionalmente en un periodo distinto.

8. Que en sesión de fecha 26 de mayo de 2022, la Junta de Gobierno y Administración aprobó el personal que cubriría la guardia del primer periodo vacacional de 2022, en el que entre otros servidores públicos, se designó a la Magistrada Rita Amparo Velasco de León; a los Magistrados Héctor Samuel Torres Ulloa, Jaime Martínez Franco, Alejandro Raúl Hinojosa Islas, Ernesto Christian Grandini Ochoa y Álvaro Castro Estrada, así como al Magistrado por Ministerio de Ley, el Licenciado Agustín García Martínez, quienes ejercerán su derecho vacacional del 08 al 22 de agosto de 2022.

9. Por lo anterior, al estar ante el supuesto de falta temporal de Magistrados de Sala Regional en la Tercera Ponencia de la Sala Regional del Centro II, Tercera Ponencia de la Segunda Sala Regional del Noroeste III, Primera Ponencia de la Segunda Sala Regional del Noreste, Primera Ponencia de la Sala Regional Peninsular, Segunda Ponencia de la Sala Regional Sur del Estado de México y Auxiliar, Tercera Ponencia de la Décimo Segunda Sala Regional Metropolitana, y Segunda Ponencia de la Sala Regional del Golfo, en las que se encuentran adscritos los Magistrados enlistados en el considerando anterior, respectivamente; en términos del artículo 48, tercer párrafo, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, las mismas deberán ser cubiertas provisionalmente por el Primer Secretario de Acuerdos del Magistrado ausente.

Consecuentemente, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 17 y 73 fracción XXIX-H de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 párrafos segundo y quinto, 21, 23, fracciones II, VI, XXIII y XXXIX, 48 y 50, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; así como los diversos 28, 29 y 63 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; la Junta de Gobierno y Administración emite el siguiente:

ACUERDO

Primero. Para cubrir la ausencia temporal de las personas servidoras públicas que realizaron la guardia del primer periodo vacacional del Tribunal, y que ejercerán dicho derecho, se aprueban, con efectos del 08 al 22 de agosto de 2022:

I.     La adscripción temporal de la Magistrada Diana Armida Muñoz en la Segunda Ponencia de la Sala Regional del Golfo con sede en la Ciudad de Xalapa-Enríquez, Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en suplencia del Magistrado por Ministerio de Ley, el Licenciado Agustín García Martínez.

II.     La suplencia temporal de Magistrados de Sala Regional, por los Primeros Secretarios de Acuerdos en las Ponencias de su adscripción, como se indica a continuación:

a)    Licenciado Leopoldo Rafael Macías Hernández, en la Tercera Ponencia de la Sala Regional del Centro II, con sede en la Ciudad de Querétaro, Estado de Querétaro, en ausencia de la Magistrada Rita Amparo Velasco de León.

b)    Licenciada Verónica Susana Inzunza González en la Tercera Ponencia de la Segunda Sala Regional del Noroeste III, con sede en la Ciudad de Culiacán, Estado de Sinaloa, en lugar del Magistrado Héctor Samuel Torres Ulloa.

c)    Licenciado Juan Daniel Cura Esquivel, en la Primera Ponencia de la Segunda Sala Regional del Noreste, con sede en San Pedro Garza García, Nuevo León, en sustitución del Magistrado Jaime Martínez Franco.

d)    Licenciado Juan Pablo Zapata Sosa, en la Primera Ponencia de la Sala Regional Peninsular, con sede en la Ciudad de Mérida, Estado de Yucatán, en lugar del Magistrado Alejandro Raúl Hinojosa Islas.

e)    Licenciada Emma Rebeca Ciriaco Sánchez, en la Segunda Ponencia de la Sala Regional Sur del Estado de México y Auxiliar, con sede en la Ciudad de Toluca, Estado de México, en lugar del Magistrado Ernesto Christian Grandini Ochoa.

f)     Licenciado Armando Uriel Medina Negrete, en la Tercera Ponencia de la Décimo Segunda Sala Regional Metropolitana, con sede en la Ciudad de México, en ausencia del Magistrado Álvaro Castro Estrada.

g)    Licenciado Ramiro Olivo Leal en la Primera Ponencia de la Tercera Sala Especializada en Materia de Comercio Exterior y Auxiliar, con sede en la Ciudad de Xalapa-Enríquez, Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en suplencia de la Magistrada Diana Armida Muñoz.

Segundo. Una vez concluido el plazo referido en el punto de acuerdo Primero, los servidores públicos ahí señalados ejercerán las funciones que su cargo les confiere en la Ponencia y Sala a la que se encontraban adscritos antes de la emisión del presente Acuerdo.

Tercero. Los Primeros Secretarios de Acuerdos referidos, en su carácter de suplentes de Magistrado Titular adquieren las facultades inherentes y las funciones jurisdiccionales de un Magistrado de Sala Regional, al actuar por Ministerio de Ley.

Cuarto. Las personas servidoras públicas referidas en el presente Acuerdo, deberán hacerlo del conocimiento de las partes en el primer proveído que dicten en cada uno de los asuntos de su competencia y deberán colocar una copia del mismo en la ventanilla de la Oficialía de Partes y en lugares visibles al público en general dentro de la Sala de su adscripción.

Quinto. Notifíquese a las personas servidoras publicas señaladas en el presente Acuerdo, para los efectos correspondientes.

Sexto. Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y en la página web institucional del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Dictado en sesión ordinaria presencial de fecha 04 de agosto de 2022, por unanimidad de votos de los Magistrados Víctor Martín Orduña Muñoz, Claudia Palacios Estrada, Elva Marcela Vivar Rodríguez, Julián Alfonso Olivas Ugalde y Rafael Anzures Uribe.- Firman el Magistrado Rafael Anzures Uribe, Presidente de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, y el Licenciado Pedro Alberto de la Rosa Manzano, Secretario Auxiliar de la Junta de Gobierno y Administración, con fundamento en los artículos 54, fracción XVI y 61, fracciones II, III y IV, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; así como los artículos 11, fracción I, 26, fracción IX, 99, fracciones VIII y XI, y 139 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa vigente.- Rúbricas.

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