Presidencia de la República

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

El suscrito Carlos Emiliano Calderón Mercado, en mi carácter de Coordinador de Estrategia Digital Nacional de la Oficina de la Presidencia de la República, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 8o, párrafos segundo y tercero, fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; artículo 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y los artículos 2, fracciones II y VI; 3, fracción IX y 36, fracciones I, II y IV del Reglamento de la Oficina de la Presidencia de la República, y,

CONSIDERANDO

Que el artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que el Estado garantizará el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e Internet;

Que el artículo 8o., segundo y tercer párrafos, fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, otorga al Ejecutivo Federal la atribución de definir las políticas del Gobierno Federal en los temas de informática, tecnologías de la información, comunicación y de gobierno digital, y que para ello, cuenta con la Coordinación de Estrategia Digital Nacional en los términos del Reglamento de la Oficina de la Presidencia de la República;

Que el artículo 16, fracción III de la Ley Federal de Austeridad Republicana y la disposición 14, fracción IV de los Lineamientos de Austeridad Republicana refieren como una de las medidas de austeridad republicana la priorización al uso de software libre en las adquisiciones y arrendamientos de equipos y sistemas de cómputo, siempre que éste cumpla con las características requeridas para el ejercicio de las funciones públicas; asimismo señala que dichas contrataciones deberán observar los criterios de compatibilidad, racionalidad y austeridad;

Que a la Coordinación de Estrategia Digital Nacional, se le han encargado entre otras, las atribuciones relativas a elaborar, coordinar, y dar seguimiento a la Estrategia Digital Nacional, como se establece en el Reglamento de la Oficina de la Presidencia de la República.

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2019 2024, del cual se desprende esta Estrategia Digital Nacional, enuncia que el Gobierno Federal impulsará una nueva vía hacia el desarrollo para el bienestar, en la que la participación de la sociedad resulta indispensable y que puede definirse con el propósito de construir una modernidad desde abajo, entre todos y sin excluir a nadie;

Que la Cobertura de Internet para Todo el País es parte de dicho Plan que, mediante la instalación de Internet inalámbrico en el país ofrecerá a la población conexión a Internet usando carreteras, plazas públicas, centros de salud, hospitales, escuelas y espacios comunitarios, lo cual será fundamental para combatir la marginación y la pobreza y para la integración de las zonas pobres y alejadas.

Que la Estrategia Digital Nacional que se emite mediante el presente, es una hoja de ruta para que las instituciones de la Administración Pública Federal puedan orientar los esfuerzos e iniciativas tecnológicas y de seguridad de la información en una misma dirección y sentido tecnológico, atendiendo sus necesidades internas y aquellas que satisfacen demandas ciudadanas, alineándose a las políticas generales establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo 2019- 2024;

Que la Estrategia Digital Nacional aterriza las capacidades gubernamentales en la prioridad de atender los planteamientos tecnológicos base para la Administración Pública Federal, la mejora de los servicios digitales y la optimización de los procesos en un marco de principios que pondera la austeridad como un principio de bien común, relativo a lograr servicios de alta calidad en el máximo aprovechamiento de recursos y la disminución del gasto; el combate a la corrupción en la vocación de acabar con prácticas injustas, desleales, leoninas y perversas que benefician intereses particulares, perjudicando al Estado o a sus integrantes; la eficiencia de los procesos digitales, traducida en una simplificación operativa con atención focalizada de los procedimientos gubernamentales; la seguridad de la información como un referente de estabilidad, protección y certidumbre de la información generada o resguardada en sistemas o plataformas digitales; y soberanía tecnológica como una atribución única de la nación en la toma de decisiones, sin interferencias externas sobre qué política o estrategia se debe seguir en el ámbito digital y tecnológico.

Lo anterior con una dirección definida hacia el logro de la independencia tecnológica, es decir, la no sujeción a compromisos y condiciones impuestas de forma arbitraria por los proveedores o fabricantes de tecnologías, lo cual permite evitar monopolios y dependencias técnicas; así como avanzar hacia el logro de la autonomía tecnológica, que significa la posibilidad de generar soluciones técnicas propias y el aprovechamiento del talento técnico disponible en la Administración Pública Federal; por lo que he tenido a

bien emitir el siguiente:

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